Ordenaron que García-Mansilla se abstenga de intervenir en causas de la Corte Suprema

El juez Federal de La Plata Alejo Ramos Padilla presentó una medida cautelar donde dispuso que el magistrado no pueda decisiones en toda causa judicial o actuación administrativa del máximo tribunal.

Abr 4, 2025 - 03:25
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Ordenaron que García-Mansilla se abstenga de intervenir en causas de la Corte Suprema

El revés del Gobierno en el Senado por los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla comenzó a generar fuertes repercusiones. 

Luego del rechazo por amplia mayoría en la Cámara Alta, el juez Federal de La Plata Alejo Ramos Padilla dictó este jueves por la noche una medida cautelar y ordenó que García-Mansilla se abstenga de intervenir en toda causa judicial o actuación administrativa en la Corte Suprema. 

Según comunicó el juez platense, la medida sería "por el plazo de tres meses y previa caución", quedando "bajo apercibimiento" de "sanciones penales y/o pecuniarias" en caso de no cumplir con la disposición.

García-Mansilla, quien juró el mes pasado como integrante de la Corte, deberá abstenerse de intervenir en "todas aquellas causas jurisdiccionales y actuaciones administrativas en trámite por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación mientras actúe como juez ´en comisión´ de dicho tribunal".

Asimismo, Ramos Padilla dispuso en la medida cautelar la prohibición al juez Lijo para asumir como integrante de la Corte Suprema de Justicia.

Ramos Padilla también ordenó impedir que el juez federal Ariel Lijo asuma como integrante de la Corte Suprema de Justicia.

Qué dice la cautelar que afecta a García-Mansilla

Sobre el planteo sobre García-Mansilla, el escrito aclaró que "lo que aquí se discute no es la remoción de un juez por otro juez, sino la legitimidad, constitucionalidad y alcances de un decreto del Poder Ejecutivo Nacional".

Ramos Padilla cuestionó la designación de García-Mansilla por decreto, remarcando que "la utilización del mecanismo de excepción para el nombramiento de jueces requiere de circunstancias de excepción, ausentes en este caso". 

"Prueba de ello lo constituye el hecho de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se encontraba funcionando jurisdiccionalmente con tres miembros. El ejercicio de una herramienta constitucional para fines que no fueron contemplados en la Constitución implica un abuso del derecho", apuntó.

Y profundizó: "Por tratarse de un mecanismo que busca evadir la falta de acuerdo del Senado y forzar con los hechos la designación de las personas propuestas, el Decreto 137/2025 produjo una afectación de la división de poderes, de la independencia e imparcialidad judicial y, en síntesis, del debido proceso constitucional".

Medida cautelar completa