La póliza de Defensa para pagar posibles indemnizaciones en el caso Cerro Muriano, objeto de controversia
El Juez Togado Militar Central 2 de Madrid ha emplazado al Ministerio de Defensa en una providencia -con fecha del 27 de marzo- para que le remita el contrato de la póliza suscrita con la aseguradora Caser en vigor a fecha del 21 de diciembre de 2023 jornada en la que perdieron la vida el cabo Miguel Ángel Jiménez y el soldado Carlos León en un lago durante unas prácticas de formación en la base militar de Cerro Muriano. El magistrado pretende así determinar las claúsulas de esta póliza después de que la propia aseguradora contratada por Defensa hubiera solicitado esta misma semana al Togado Militar que instruye el caso quedarse fuera de esta causa alegando que el contrato no cubría el pago de la responsabilidad civil o patrimonial por la muerte de estos dos militares. La controversia no es otra que cuando está a punto de que se resuelvan los recursos contra el auto de apertura de juicio en el que están acusados seis mandos militares, aún se desconoce si será esta aseguradora contratada por Defensa deberá hacer frente al pago de la responsabilidad civil o en su defecto deberá responder con las indemnizaciones a las familias de los dos fallecidos solo y directamente el Ministerio de Defensa. En este escrito, al que ha tenido acceso ABC, el Juez Togado recoge «requiérase al Ministerio de Defensa al objeto de que remita a este Juzgado el contrato de Responsabilidad Civil suscrito con Caser y que estaba en vigor el 21 de diciembre de 2023 así como la documentación administrativa que soporta dicho contrato« para intentar dilucidar si existe o no esa cláusula que cubriría las indemniazaciones por fallecimiento de estos dos militares. Este extremo es uno de los últimos flecos que quedan por resolver junto a los recursos planteados por las defensas contra el auto de procesamiento dictado por el juez el pasado 29 de julio. Hay que recordar que hace apenas dos semanas, las acusaciones particulares de la familia del cabo Miguel Ángel Jiménez remitieron un escrito pidiendo al Juzgado Militar Central número 2 de Madrid el impulso de la causa . Las acusaciones recordaban en este escrito que «se debe tener en cuenta que el plazo para la presentación de los recursos finalizó el pasado 10 de septiembre por lo que, desde esa fecha, estamos a la espera de las resoluciones de dichos recursos (han transcurrido seis meses aproximadamente)». Este escrito continuaba dirigiéndose al Tribunal Militar Central recordándole que siendo conscientes de la singularidad de este asunto y de la dilación que pudiera tener este Tribunal por la carga de trabajo, «lo cierto y verdad es que, la dilatación del procedimiento , no beneficia a ninguna de las partes que lo forman». Hay que recordar que el juez togado militar en el auto de este pasado verano procesaba a seis mandos por la muerte de estos dos militares en las maniobras del 21 de diciembre pasado cuando cruzaban un lago artificial del campo de maniobras de la Base. Lo hacía acusando a cinco de ellos a un presunto delito homologable al homicidio imprudente en el Código Penal con penas que podrían ir de un año y dos meses a cuatro años y nueve meses de prisión, según fuentes judiciales consultadas por este periódico. Tratándose de dos presuntos homicidios por imprudencia grave, «el tipo de concurso aplicable es el ideal -un solo hecho constituye dos o más delitos-, en cuyo caso se aplicaría la pena en su mitad superior (de tres años y seis días a cuatro años), salvo que la pena resultante de la suma de las penas de ambos delitos por separado fuera menor», explican estas fuentes. El Juzgado Togado Militar Central número 2 concluía así una instrucción -pendiente de ser firme- desde que el 6 de junio se hiciera cargo del caso tras ratificarse la inhibición solicitada por el Juzgado Territorial 21 de Sevilla. En este tiempo se han practicado más de 50 declaraciones, solicitado tres nuevos informes periciales claves en el auto final y ratificado todo un sumario que arrastraba tres atestados policiales, recreaciones 'in situ', pruebas de flotabilidad y decenas de testificales.
El Juez Togado Militar Central 2 de Madrid ha emplazado al Ministerio de Defensa en una providencia -con fecha del 27 de marzo- para que le remita el contrato de la póliza suscrita con la aseguradora Caser en vigor a fecha del 21 de diciembre de 2023 jornada en la que perdieron la vida el cabo Miguel Ángel Jiménez y el soldado Carlos León en un lago durante unas prácticas de formación en la base militar de Cerro Muriano. El magistrado pretende así determinar las claúsulas de esta póliza después de que la propia aseguradora contratada por Defensa hubiera solicitado esta misma semana al Togado Militar que instruye el caso quedarse fuera de esta causa alegando que el contrato no cubría el pago de la responsabilidad civil o patrimonial por la muerte de estos dos militares. La controversia no es otra que cuando está a punto de que se resuelvan los recursos contra el auto de apertura de juicio en el que están acusados seis mandos militares, aún se desconoce si será esta aseguradora contratada por Defensa deberá hacer frente al pago de la responsabilidad civil o en su defecto deberá responder con las indemnizaciones a las familias de los dos fallecidos solo y directamente el Ministerio de Defensa. En este escrito, al que ha tenido acceso ABC, el Juez Togado recoge «requiérase al Ministerio de Defensa al objeto de que remita a este Juzgado el contrato de Responsabilidad Civil suscrito con Caser y que estaba en vigor el 21 de diciembre de 2023 así como la documentación administrativa que soporta dicho contrato« para intentar dilucidar si existe o no esa cláusula que cubriría las indemniazaciones por fallecimiento de estos dos militares. Este extremo es uno de los últimos flecos que quedan por resolver junto a los recursos planteados por las defensas contra el auto de procesamiento dictado por el juez el pasado 29 de julio. Hay que recordar que hace apenas dos semanas, las acusaciones particulares de la familia del cabo Miguel Ángel Jiménez remitieron un escrito pidiendo al Juzgado Militar Central número 2 de Madrid el impulso de la causa . Las acusaciones recordaban en este escrito que «se debe tener en cuenta que el plazo para la presentación de los recursos finalizó el pasado 10 de septiembre por lo que, desde esa fecha, estamos a la espera de las resoluciones de dichos recursos (han transcurrido seis meses aproximadamente)». Este escrito continuaba dirigiéndose al Tribunal Militar Central recordándole que siendo conscientes de la singularidad de este asunto y de la dilación que pudiera tener este Tribunal por la carga de trabajo, «lo cierto y verdad es que, la dilatación del procedimiento , no beneficia a ninguna de las partes que lo forman». Hay que recordar que el juez togado militar en el auto de este pasado verano procesaba a seis mandos por la muerte de estos dos militares en las maniobras del 21 de diciembre pasado cuando cruzaban un lago artificial del campo de maniobras de la Base. Lo hacía acusando a cinco de ellos a un presunto delito homologable al homicidio imprudente en el Código Penal con penas que podrían ir de un año y dos meses a cuatro años y nueve meses de prisión, según fuentes judiciales consultadas por este periódico. Tratándose de dos presuntos homicidios por imprudencia grave, «el tipo de concurso aplicable es el ideal -un solo hecho constituye dos o más delitos-, en cuyo caso se aplicaría la pena en su mitad superior (de tres años y seis días a cuatro años), salvo que la pena resultante de la suma de las penas de ambos delitos por separado fuera menor», explican estas fuentes. El Juzgado Togado Militar Central número 2 concluía así una instrucción -pendiente de ser firme- desde que el 6 de junio se hiciera cargo del caso tras ratificarse la inhibición solicitada por el Juzgado Territorial 21 de Sevilla. En este tiempo se han practicado más de 50 declaraciones, solicitado tres nuevos informes periciales claves en el auto final y ratificado todo un sumario que arrastraba tres atestados policiales, recreaciones 'in situ', pruebas de flotabilidad y decenas de testificales.
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