Impuesto a las Ganancias: últimas horas para cargar deducciones y percepciones, ¿qué pasa si no se presenta?
Son las últimas horas para todas aquellas personas en relación de dependencia presenten el Formulario 572 Web a través del sistema SIRADIG del Impuesto a las Ganancias.

Este lunes finaliza el plazo para que los empleados en relación de dependencia presenten el Formulario 572 Web a través del sistema Siradig Trabajador, herramienta clave para la declaración de deducciones y percepciones que impactan directamente en el cálculo del impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2024.
¿Por qué es importante presentar el Siradig?
El Formulario 572 Web permite a los trabajadores informar cargas de familia, deducciones personales y percepciones por operaciones en moneda extranjera. Toda esta información será utilizada por el empleador para determinar el monto del impuesto a las Ganancias que debe retener o, en algunos casos, devolver.
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¿Qué se puede deducir en el SIRADIG?
El sistema contempla diversas deducciones que pueden reducir el impuesto a pagar. Entre las más importantes se encuentran:
- Cargas de familia: se pueden deducir cónyuge e hijos, siempre que hayan residido al menos seis meses en el país y no superen un ingreso neto anual de $3.503.688,17.
- Gastos médicos: se permite descontar el 40% de los servicios médicos y paramédicos, así como la cuota de medicina prepaga, hasta un 5% del ingreso neto.
- Seguros de vida y retiro: se pueden deducir hasta $195.845,39 anuales.
- Créditos hipotecarios: se admite una deducción de hasta $20.000 en intereses.
- Alquileres: se permite deducir hasta el 40% del monto abonado anualmente, siempre que el contrato esté registrado en RELI y el contribuyente no sea propietario de inmuebles.
- Educación: gastos educativos de hijos o familiares menores de 24 años pueden deducirse hasta $560.590,07.
- Consumos en moneda extranjera: las percepciones aplicadas en compras con tarjeta deben ser informadas para acceder a la devolución, hasta el tope del monto retenido.
El contador Gustavo Diez, vicepresidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA, advirtió que muchos empleados omiten cargar estas deducciones, lo que se traduce en un mayor pago de impuestos innecesario.
¿Qué sucede si no se presenta el Siradig a tiempo?
Según explicó Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, aquellos empleados que no completen el trámite dentro del plazo perderán la posibilidad de recibir la devolución automática de percepciones, debiendo realizar luego un procedimiento más engorroso a través de la presentación de una declaración jurada.
Los trabajadores que no completen el formulario antes del vencimiento perderán la chance de recibir devoluciones automáticas y, en caso de querer recuperar lo retenido en exceso, deberán realizar un trámite más complejo ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
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Además, quienes no informen correctamente sus cargas familiares o deducciones personales podrían sufrir retenciones mayores a las que realmente les corresponden.
Si bien no todos los empleados están obligados a presentar el Siradig, aquellos que no hayan tenido retenciones por parte de su empleador pueden solicitar la devolución de percepciones a partir del 1 de enero a través del régimen especial previsto por la AFIP.