¿Cumples con el requisito? La Seguridad Social ofrece 1.000 euros a padres con hijos menores de 17 años
La Seguridad Social da una ayuda de mil euros por hijo en un pago único para quienes tengan hijos menores de 17 años.

La Seguridad Social sigue poniendo en marcha medidas para tratar de ayudar económicamente a los hogares con menores ingresos y pocos recursos, de forma que se les ofrece un apoyo para que puedan hacer frente a una situación de vulnerabilidad y, en este caso, poder acometer todos los gastos de la crianza de los menores de edad.
Es por ello por lo que ofrece una ayuda económica de 1.000 euros a través de un pago único que recibirán aquellas familias con hijos menores de 17 años, es decir, nacidos a partir de 2007, en una prestación gestionada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que recibirán aquellos que cumplan con los requisitos específicos.
No todas las familias pueden acceder a esta ayuda, que la Seguridad Social ha planeado para que se puedan beneficiar las familias numerosas, incluyendo también a aquellas que lo sean por adopción o nacimiento, así como las monoparentales, y los padres o madres que tengan una discapacidad igual o mayor al 65%. No obstante, se requiere que los menores hayan nacido o sido adoptados en España a partir del 16 de noviembre de 2007.
Dado el caso de que se trate de una adopción del hijo o hija, ésta deberá estar debidamente conocida en España. No se podrá acceder a la prestación en caso de acogimiento familiar.
Requisitos y solicitud de la ayuda de 1.000 euros
Además de estar en uno de estos grupos, hay que cumplir con otros requisitos, que son:
- Tener residencia legal en España y estar afiliados a la Seguridad Social.
- No tener derecho a otras prestaciones de la misma naturaleza como parte de otro régimen público de protección solar.
- No superar los límites de ingresos determinados por parte de la Seguridad Social y que dependen de los ingresos anuales de la unidad familiar. Estos cambian en función del número de hijos y las circunstancias familiares.
- El derecho a percibir la ayuda prescribe a los 5 años tras el nacimiento o adopción del menor.
En lo que respecta al periodo mínimo de cotización, este debe ser acreditado, salvo en determinadas excepciones, y cambia en función de la edad del progenitor en el momento en el que tuvo lugar el nacimiento o adopción del hijo.
La cuantía de la prestación es de un pago único de 1.000 euros por hijo, por lo que, si se tienen dos, será de 2.000 € en total, si se tienen tres, 3.000 €, y así sucesivamente, sin existir un límite de cuantía por número de hijos.
Si los ingresos del solicitante están por encima del límite establecido por la Seguridad Social, pero no llegan a sobrepasar el límite conjunto que viene dado por la suma del límite más el importe de la prestación, se percibirá la diferencia entre los ingresos y el límite. Estos límites parten de los 14.011,00 euros para un hijo para una familia no numerosa, mientras que para aquellas que sí lo son, parte de los 21.086 euros (para tres hijos).
La ayuda se puede solicitar presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), para lo que se requiere de solicitud de cita previa al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o bien realizarla vía telemática en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Una vez aprobada la ayuda, los beneficiarios recibirán en su cuenta bancaria una ayuda en un pago único de 1.000 euros, siendo independiente a otras prestaciones que se puedan estar disfrutando por el nacimiento y el cuidado del menor de edad.