Cómo afectará a la vida de las personas trans la sentencia del Reino Unido sobre el sexo biológico
Al entender que lo que define ser “hombre” o “mujer” es solo el sexo biológico, hay situaciones que ya no serán discriminatorias. Por ejemplo, no incluir a mujeres trans en refugios para maltratadas.


El Tribunal Supremo del Reino Unido ha dictaminado que cuando la Ley de Igualdad de 2010 habla de hombres y mujeres, debe interpretarse en relación al sexo biológico. De esta manera, las personas trans dejan de tener un amparo legal para determinadas situaciones de discriminación, pues importará cómo fueron inscritas al nacer y no su identidad de género.
- En resumen: según la sentencia, una mujer trans es, a efectos de la norma de 2010, un hombre biológico. Y un hombre trans sería una mujer biológica.
Así, el Alto tribunal ha delimitado la definición legal de mujer al sexo biológico en todo el Reino Unido, pero solo en lo referente a la Ley de Igualdad (Equality Act). Esto es importante porque afecta a casos de discriminación. Es decir, no es que la sentencia diga que, a partir de ahora, las mujeres trans deban quedar excluidas de las competiciones deportivas femeninas, sino que si se decide excluirlas, esto no se considerará un acto discriminatorio, como sí lo era hasta ahora de acuerdo con la interpretación que se le daba a la Ley de Igualdad. Ahora, al considerar hombres biológicos a las mujeres trans, ya no supondría incurrir en discriminación por razón de sexo, según el fallo.
Reino Unido y el sexo biológico: así se pronuncia la sentencia sobre la Equality Act
La forma en que se había interpretado la definición de “hombre” y “mujer” en la Ley de Igualdad incluía a hombres y mujeres trans que hubiesen realizado la rectificación registral del sexo. Sin embargo, los cinco jueces del Tribunal Supremo del Reino Unido han dictaminado por unanimidad que esa definición debe basarse solamente en el sexo biológico, independientemente de que las personas trans tengan un documento oficial que reconozca su identidad.
Un apunte. El sexo biológico es en realidad un compendio de características (cromosómicas, hormonales…). Pero cuando la sentencia habla de sexo biológico, habla del sexo observable. Es decir, el que te asignan al nacer al observar la apariencia de tus genitales para inscribirte como hombre o mujer en el registro. Esto es relevante porque pedir un certificado que acredite tu identidad de género no es legal (en Reino Unido supondría incumplir la ley de protección de datos, como expone la sentencia). Por tanto, la asunción de que alguien es hombre o mujer se hará en función de su apariencia externa, es decir, de su cispassing.
- Hablamos de cispassing cuando, de acuerdo a los cánones normativos, es más o menos evidente a primera vista que una persona es trans.
Así, si, por ejemplo, en un baño femenino, una mujer cis tiene la sospecha de que una mujer trans está usando el baño, podría pedir que se la expulse, obligándola a que use el masculino (el que correspondería según su sexo biológico). Esto, que hasta ahora se habría entendido como un acto discriminatorio según la Ley de Igualdad de 2010, ahora ya no porque prima la “protección” del sexo biológico y de los espacios segregados en función de este sexo biológico.
Como explica la investigadora Flora Renz, de la Universidad de Kent: “Cualquier persona que no se ajuste a los estereotipos de género tiene ahora más probabilidades de sufrir acoso o discriminación al usar espacios no mixtos”. Además, apunta Renz, este esencialismo respecto al sexo biológico, “determinado únicamente por el aspecto del bebé al nacer, puede dejar a algunas personas intersex en una posición complicada”.
Contexto. For Women Scotland es la organización que ha impulsado esta batalla contra la inclusión de las personas trans en la Ley de Igualdad, y que, como señala el Guardian, ha sido en gran parte financiada por la escritora JK Rowling. Las integrantes de For Women Scotland se definen como “activistas críticas con el género” pues consideran que el género es solo un conjunto de opresiones, no una identidad, y que lo único que determina que una mujer es una mujer es si nace o no con vagina. Desde esa perspectiva, no reconocen a las mujeres trans como mujeres por no nacer con esta característica específica. Como explica la Asociación Americana de Psicología, la identidad de género sí existe y es algo distinto a los estereotipos de género. Sin embargo, las críticas con el género integran todo lo que tiene que ver con el género (expresión de género, identidad de género, que son vivencias internas e individuales) en el concepto “estereotipos de género”, que sí son, a grosso modo, un conjunto de expectativas opresivas sobre el papel de los hombres y las mujeres en la sociedad.
Los espacios no mixtos, clave en la sentencia
Una de las cuestiones más relevantes del fallo es el amparo legal que se le otorga a la exclusión de las mujeres trans de espacios no mixtos. Por ejemplo, refugios para mujeres maltratadas y/o víctimas de violencia sexual o clubes de lesbianas, citados concretamente en la sentencia.
Según el fallo, el criterio para justificar que un servicio sea no mixto debe estar anclado en el sexo biológico. “Si por ley [en referencia a la Ley de Igualdad] un proveedor de servicios está obligado a ofrecer a mujeres trans con un certificado de reconocimiento de género (GRC) —aunque tengan apariencia de hombres biológicos— los mismos servicios que antes estaban reservados solo a mujeres [cis], entonces resulta difícil justificar por qué no deberían ofrecer esos mismos servicios también a hombres biológicos con la misma apariencia”, señala el texto del Supremo. Es decir, según este argumento, si en un refugio para supervivientes de violencia sexual se acepta a mujeres trans —que son en realidad hombres biológicos, según su visión negacionista de la identidad de género—, cómo se justifica legalmente que se excluya de estos mismos servicios a hombres cis.
El fallo también niega que una mujer trans pueda ser lesbiana. Dice así: “Si un certificado de reconocimiento de género [GCR por sus siglas en inglés] cambia el sexo legal de una persona a efectos de la Ley de Igualdad de 2010, un club solo para mujeres o un club reservado para lesbianas tendría que admitir a mujeres trans con GRC (es decir, mujeres legales que son biológicamente hombres y se sienten atraídas por mujeres) […] Esto está teniendo un efecto disuasorio entre las lesbianas, que han dejado de acudir a espacios exclusivos para lesbianas debido a la presencia de mujeres trans (es decir, hombres biológicos que viven en el género femenino)”. La sentencia da por buena la tesis de que las mujeres trans, en tanto que han nacido con pene, no pueden ser consideradas lesbianas y que, de hecho, incomodarían a mujeres lesbianas cis porque estas solo se sentirían atraídas por otras mujeres que han nacido con vagina.
Lo que puede ocurrir a partir de ahora es que no se permita la presencia de mujeres trans en estos espacios (por ejemplo, en clubes o refugios no mixtos) y esto no supondría discriminarlas como mujeres porque su sexo biológico, dice la sentencia, no es el de una mujer.
La concepción que realiza el fallo sobre la orientación sexual lésbica tiene consecuencias más allá de los espacios no mixtos, como explica la jurista e investigadora Flora Renz: “El párrafo 206 de la sentencia dice que una mujer cis que sale con una mujer trans no es, legalmente hablando, una lesbiana, mientras que un hombre que sale con una mujer trans debería ser considerado gay. Esto crea verdaderos desafíos para las denuncias por discriminación basada en orientación sexual”. Es decir, la sentencia podría impedir que se reconozca como discriminación lesbófoba que a una pareja de mujeres se la expulse de un bar porque se están besando si en esta pareja una de las mujeres es trans. Y es que, según el fallo, eso implicaría que se trata de una pareja formada por una mujer biológica y un hombre biológico. Legalmente hablando, una pareja heterosexual.
Confusión sobre el alcance de esta nueva forma de interpretar el sexo biológico en el Reino Unido
Es difícil dimensionar todas las consecuencias que puede acarrear esta sentencia que reinterpreta bajo un prisma transexcluyente el sexo biológico en el Reino Unido. Se pueden dar situaciones muy diferentes.
En primer lugar, como aclara Flora Renz, “las organizaciones ahora pueden excluir a las mujeres trans de espacios como baños femeninos sin violar las disposiciones de no discriminación de la Ley de Igualdad, pero no están obligadas a hacerlo”. “El efecto de la sentencia no es prohibir automáticamente el acceso, pero sí que permite a las organizaciones hacerlo si así lo desean sin que eso suponga incurrir en discriminación”, añade. Pero esta jurista de la Universidad de Kent también advierte de que se abren posibilidades como que, por ejemplo, si una organización decide seguir incluyendo a mujeres trans en sus espacios no mixtos (por ejemplo, en refugios de mujeres maltratadas) “podrían ser demandadas por discriminación indirecta o acoso”. Es decir, se podría entender que al incluir a mujeres trans (hombres biológicos, según el fallo) están desprotegiendo a las mujeres cis (mujeres biológicas), pues esta presencia puede generar inseguridad o suponer una amenaza.
Para Renz, esta sentencia sobre el sexo biológico en el Reino Unido deja al país “en una situación legal aún más confusa, porque el fallo dice que las personas trans siguen protegidas contra la discriminación, pero al mismo tiempo señala que deben ser tratadas según su sexo asignado al nacer [negando su identidad de género], lo que es, en esencia, discriminatorio”. “Es muy preocupante precisamente porque ya no está claro qué significa la transfobia [legalmente hablando] o qué supone incurrir o no en discriminación contra las personas trans”, concluye.