Alquiler: qué ingreso anual obliga a los dueños a pagar Impuesto a las Ganancias
El Impuesto a las Ganancias afecta a algunos propietarios que alquilan sus inmuebles; cuáles son las claves para determinar si corresponde tributar y qué deducciones pueden aplicarse

A la hora de alquilar una propiedad, los dueños no solo deben definir el precio y las condiciones del contrato, sino también considerar el impacto fiscal. En Argentina, los ingresos por alquileres están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, pero no todos los propietarios deben pagarlo. El tributo solo se aplica si la ganancia neta anual supera un umbral específico, que para este año es de $3.916.268,37. Sin embargo, este monto se actualizará en el segundo semestre del año.
El tributarista Sebastián Domínguez explicó a LA NACION que, para calcular si un propietario debe tributar, no basta con considerar el ingreso bruto por alquiler, sino que es necesario restar gastos deducibles, como comisión inmobiliaria, impuestos y mantenimiento. Además, aclaró que los monotributistas no tributan Ganancias por los alquileres.
“Si lo simplificás al extremo, tomarías el ingreso anual sin deducciones y solo descontarías la ganancia imponible. Pero no es así, porque hay una serie de gastos que pueden deducirse, además de considerar otros ingresos que pueda tener el propietario”, explicó. En este sentido, destacó que si una persona no tiene cargas familiares ni otros gastos deducibles, la deducción mínima ajustada para el segundo semestre sería de aproximadamente $3.096.000 anuales.
A finales de octubre de 2024, el presidente Javier Milei disolvió la AFIP y la reemplazó por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Esta nueva entidad mantiene las deducciones del 10% para propietarios y hasta el 40% para inquilinos, siempre que los pagos estén respaldados documentalmente.
Domínguez explicó que el Impuesto a las Ganancias se liquida considerando varios factores, como ingresos por alquiler, gastos deducibles (como la amortización del inmueble y gastos vinculados al alquiler), y deducciones generales (como medicina prepaga y servicio doméstico). “Si los ingresos por alquiler son tu única fuente de ingresos y no tenés deducciones ni cargas familiares, el cálculo se realiza restando la ganancia no imponible mencionada”, agregó.
En cuanto a los ingresos por inversiones, destacó que los intereses de plazos fijos en pesos y los de títulos públicos están exentos, pero otras inversiones en el exterior pueden estar gravadas con alícuotas progresivas del 5% al 35%.
En relación con el mínimo no imponible, Domínguez explicó que su actualización se realiza semestralmente según la inflación medida por el Indice de Precios al Consumidor (IPC). “La proyección dependerá de la evolución inflacionaria del primer semestre”, señaló.
Requisitos para la deducción
Para acceder a este beneficio, los inquilinos deben cumplir con ciertos requisitos, como no ser propietarios de inmuebles y contar con documentación respaldatoria. Además, pueden verificar que el propietario esté inscripto en ARCA. y les entregue los comprobantes correspondientes
Caballito: el secreto detrás del barrio que siempre sorprende y el despegue de una microzona trendy
Cómo informar los datos del alquiler
Jubilados y trabajadores en relación de dependencia
Deben informar los datos del alquiler a través del servicio con clave fiscal SiRADIG-Trabajador y adjuntar, por única vez, el contrato en formato PDF, aclarando los años que abarca. También deberán cargar los comprobantes de pago de todos los meses. Quienes no cuenten con este servicio habilitado pueden darlo de alta a través del Administrador de Relaciones de Clave Fiscal.
Autónomos
Los autónomos deben informar el alquiler en su Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias a través del aplicativo Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales.