2025: el Gobierno crea la “Pensión para amas de casa”.
Requisitos: Para acceder a esta ayuda, las solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos establecidos por el IMSERSO: Edad mínima: Tener al menos 65 años. Residencia legal en España: Haber residido en el país durante al menos 10 años, de los cuales 2 años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud. Ingresos económicos: No superar determinados límites […] Ver post completo: 2025: el Gobierno crea la “Pensión para amas de casa”.

Requisitos:
Para acceder a esta ayuda, las solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos establecidos por el IMSERSO:
- Edad mínima: Tener al menos 65 años.
- Residencia legal en España: Haber residido en el país durante al menos 10 años, de los cuales 2 años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Ingresos económicos: No superar determinados límites de ingresos anuales. En 2025, el tope individual es de 7.905,80 euros anuales. Si se convive con familiares, el umbral se ajusta según el número de convivientes y su parentesco. Por ejemplo:
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Dos convivientes (cónyuge o familiares hasta segundo grado): 12.326,02 euros anuales.
- Tres convivientes: 17.401,44 euros anuales.
- Cuatro convivientes: 22.476,86 euros anuales.
- Si se convive con padres o hijos, los límites son más altos:
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Dos convivientes: 30.815,05 euros anuales.
- Tres convivientes: 43.503,60 euros anuales.
- Cuatro convivientes: 56.192,15 euros anuales.
No tener derecho a una pensión contributiva: La solicitante no debe estar recibiendo otra pensión por jubilación.
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