Una abogada explica si se puede cargar en la cuenta bancaria del fallecido el Impuesto de Sucesiones y Donaciones: «En una herencia...»
Tras el fallecimiento de una persona , sus herederos deben llevar a cabo varios trámites burocráticos y hacer frente al llamado Impuesto de Sucesiones y Donaciones . Existen muchas dudas respecto a este tributo. Una de ellas es sobre la cantidad a pagar . Lo cierto es que esta depende de varios factores como el valor de los bienes recibidos, el grado de parentesco con el fallecido o, incluso, la comunidad autónoma donde este residía . Otra de las cuestiones más repetidas es si se puede cargar en una cuenta bancaria del fallecido los impuestos de la herencia. La abogada de famila Nuria Ocaña ha respondido esta pregunta en un vídeo publicado en su perfil de TikTok . La abogada Nuria Ocaña explica si el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se puede cargar en la cuenta del fallecido. La experta ha sido muy clara: « Sí . Se pueden perfectamente cargar tanto el impuesto de sucesiones como las plusvalías mortis causa de los bienes ». La profesional indica que aquellos que se encuentren «en una situación de herencia» es importante que contacten con un buen abogado para que les ayude a gestionar todos los trámites y no tengan ningún problema.
Tras el fallecimiento de una persona , sus herederos deben llevar a cabo varios trámites burocráticos y hacer frente al llamado Impuesto de Sucesiones y Donaciones . Existen muchas dudas respecto a este tributo. Una de ellas es sobre la cantidad a pagar . Lo cierto es que esta depende de varios factores como el valor de los bienes recibidos, el grado de parentesco con el fallecido o, incluso, la comunidad autónoma donde este residía . Otra de las cuestiones más repetidas es si se puede cargar en una cuenta bancaria del fallecido los impuestos de la herencia. La abogada de famila Nuria Ocaña ha respondido esta pregunta en un vídeo publicado en su perfil de TikTok . La abogada Nuria Ocaña explica si el Impuesto de Sucesiones y Donaciones se puede cargar en la cuenta del fallecido. La experta ha sido muy clara: « Sí . Se pueden perfectamente cargar tanto el impuesto de sucesiones como las plusvalías mortis causa de los bienes ». La profesional indica que aquellos que se encuentren «en una situación de herencia» es importante que contacten con un buen abogado para que les ayude a gestionar todos los trámites y no tengan ningún problema.
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