Surcos reinicia operaciones tras el fin del su embargo
Es la empresa que detonó los defaults en el campo. La Justicia levantó las cautelares que establecían la inhibición general de bienes y el embargo de sus cuentas bancarias. Cómo seguirá su proceso

A poco más de un mes de la apertura de su concurso preventivo, la fabricante de insumos para el agro Surcos informó que la Justicia levantó las cautelares que establecían la inhibición de sus bienes y el embargo de sus cuentas bancarias. Ahora, la empresa utilizará los fondos para retomar su actividad productiva.
Según pudo saber este medio, la compañía estaba con niveles mínimos de operación a causa del embargo, por lo que el dinero que ingrese se utilizará para pagar sueldos, deudas a proveedores y, de una vez por todas, reactivar su operación.
Esta medida tuvo efectos negativos para la empresa durante el comienzo de su proceso judicial, ya que, tanto el embargo como la inhibición de bienes hicieron que Surcos no pudiera hacer frente a reiterados vencimientos por tener sus cuentas congeladas. Hasta el momento, su deuda se calcula alrededor de los u$s 60 millones.
A lo largo del proceso, la empresa enfrentó dos situaciones de embargo e inhibición.
El primero de ellos sucedió pocos días después de informar su default y horas antes del 24 de diciembre de 2024, cuando notificó que había sufrido una inhibición general de bienes, con el embargo de más de u$s 7,5 millones. Al mismo tiempo, develó que ya había mantenido una reunión con sus acreedores para empezar a delinear una propuesta de reestructuración de su deuda financiera.
Esto significaba que la empresa no solo no podía vender, transferir ni disponer de sus bienes, sino que además, se habían retenido fondos con anticipación para cubrir intereses. Todo esto se mantendría hasta que la empresa resolviera su situación judicial.
Sin embargo, el 10 de enero de 2025, Surcos sufrió una nueva inhibición general de bienes y embargo judicial por más de $ 21 millones. La medida fue tomada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 de Santa Fe en respuesta a una demanda de Finlatina S.A. por una deuda de $ 50 millones, según informó la compañía en un comunicado enviado a la Comisión Nacional de Valores (CNV).
De acuerdo con la Ley de Concursos y Quiebras (24.522), el embargo sobre fondos en las cuentas bancarias de una empresa se realiza cuando el Juez restringe el acceso a los fondos de una cuenta debido a una deuda, una medida cautelar o un proceso judicial.
En cambio, el levantamiento de esta medida, que implica que la sociedad acceda nuevamente a sus cuentas, depósitos, cajas de ahorro, plazos fijos y cualquier otro activo financiero en el que tuviera participación, se realiza luego de la conclusión del concurso preventivo y durante el plazo de cumplimiento del acuerdo, aunque también se puede levantar cuando los acreedores prestaron conformidad con ello.
No obstante, lo que aún resuena es que recientemente, la Justicia de Santa Fe extendió plazo de verificación de créditos, que vence el próximo 20 de marzo, hasta mediados de abril. Esta es una etapa del proceso concursal que busca determinar tanto el monto impago de la empresa, así como la cantidad de acreedores -entre los que figuran empresas proveedoras, empleados y productores- y el monto de sus créditos.
La compañía no confirmó el número total de acreedores esperados, pero el piso será de 500 presentaciones. Fue por esa razón que el juez a cargo del concurso, Carlos Marcolín, decidió extender el plazo de verificación de créditos