Si cumples este requisito puedes faltar a trabajar sin perder dinero: nueva baja laboral retribuida
Este mes de marzo entra en vigor una modificación en la legislación laboral para los trabajadores en España.

El pasado 3 de marzo de 2025 entraba en vigor un nuevo permiso retribuido con importantes implicaciones para los trabajadores en España, que supone un cambio significativo de la norma vigente. Esta medida, introducida por la Ley 6/2024 de 20 de diciembre y que modifica el Estatuto de los Trabajadores, está dirigida a quienes, por razones médicas, necesiten faltar a su puesto de trabajo sin ver reducido su salario.
Concretamente, los beneficiarios de esta baja laboral serán los donantes de órganos y tejidos, que, desde ahora, cuentan con una mayor protección en caso de que necesiten ausentarse del trabajo, durante los días en los que reciban asistencia sanitaria y estén incapacitados para él.
Además del permiso retribuido para las pruebas previas, la norma establece una incapacidad temporal especial para los donantes, que, a diferencia de las bajas por enfermedad común, garantiza una cobertura económica completa durante el proceso de recuperación tras la intervención quirúrgica, evitando así un impacto financiero negativo en el trabajador.
Sin mínimo de cotización
La prestación económica que conlleva esta baja laboral no exige periodo mínimo de cotización y consiste en un subsidio equivalente al cien por cien de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencia común.
Además, esta ayuda se abona, desde el mismo día de la baja, a cargo de la entidad gestora o colaboradora que cubra la incapacidad temporal por contingencias comunes (INSS, ISM o Mutua Colaboradora con la Seguridad Social).
Con esta nueva regulación se pretende eliminar las barreras económicas que podrían desincentivar la donación en vida, facilitando así el acceso a los trasplantes y mejorando la calidad de vida de quienes los necesitan.