México debió activar su protocolo para interceptar avión de EU
A pesar de la presencia un avión militar de la Fuerza Aérea de EU sobre el espacio aéreo mexicano, del pasado 3 de febrero, las autoridades no activaron el protocolo de interceptación de aeronaves.

El pasado 3 de febrero, un avión militar de la Fuerza Aérea de EU activó el protocolo de interceptación aérea de México al ingresar al espacio controlado por la región de Mazatlán sin un plan de vuelo autorizado. Según lo establecido en la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano, promovida por el expresidente Andrés Manuel López Obrador durante su mandato, las autoridades mexicanas debieron activar el protocolo de interceptación de aeronaves con el vuelo que realizó la Fuerza Aérea de Estados Unidos en el Golfo de California.
Aunque el gobierno mexicano busca respuestas de Washington, expertos aseguran que este tipo de incidentes no es inusual.
Dado que la aeronave de la Fuerza Aérea de EU no contaba con un plan de vuelo, la Ley de Protección del Espacio Aéreo tipifica este tipo de operaciones como clandestinas o vuelos no autorizados, los cuales implican la activación de un procedimiento de interceptación establecido en el artículo 21 de dicha ley.
“(El Cenavi) activará su procedimiento de Interceptación aérea cuando: I. Por sus propios medios aéreos y sistemas de Detección, detecte u observe una traza de interés, un vuelo no autorizado o un vuelo clandestino, y II. Al ser informado por los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano de la Detección de una traza de interés, un vuelo no autorizado”, menciona el vigésimo primer artículo de la ley.
Y eso fue lo que ocurrió el 3 de febrero. El Seneam avisó al propio Cenavi de la traza de un vuelo no autorizado, como lo informó la propia Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en sus redes sociales.
Incluso, la ley mexicana establece en su artículo 23 que “el procedimiento de Interceptación aérea en el espacio aéreo nacional tendrá como premisa el uso flexible del Espacio Aéreo Mexicano, conforme a lo establecido por la Organización de Aviación Civil Internacional, por lo que, cuando el Centro declare un Alertamiento aéreo lo notificará de manera simultánea a la autoridad aeronáutica y a los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano”.
Para este fin, agrega la ley mexicana en el mismo artículo, “Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano segregarán el espacio aéreo en favor de las aeronaves en cumplimiento de estas acciones, las cuales tendrán prioridad para el cumplimiento de su misión. En los casos de Alertamiento aéreo en los cuales los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano no disponga de información del vuelo no autorizado, el Centro compartirá la información disponible como medida de Seguridad del Espacio Aéreo y protección a la aviación civil”.
De acuerdo con información corroborada por El Financiero, al menos uno de los vuelos, el realizado por el Boeing RC-135 V en el Golfo de California, ocurrido el 3 de febrero, sí voló por espació aéreo mexicano controlado, y tuvo que avisar, antes de su incursión en esa zona del país, para que se le autorizara un plan de vuelo, una acción que no realizó.
Además, operó a una altura de 32 mil 525 pies, que pudo ser peligrosa para el tránsito aéreo, dado que las cartas de navegación de esa zona al suroeste de Cabo San Lucas establecen aerovías que cruzan por donde el avión militar de EU sobrevoló.
¿Cómo se divide el espacio aéreo mexicano?
Según información del propio gobierno mexicano, el espacio aéreo mexicano está dividido en cuatro regiones de información de vuelo (FIR’s, por sus siglas en inglés): Mérida, Monterrey, México y Mazatlán.
Asimismo, los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (Seneam) establecen que esas regiones se dividen, a su vez, en espacio aéreo controlado y no controlado.
“Para poder volar en el primero es necesario tener un Plan de Vuelo mientras que para el segundo no es necesario y los servicios de control solo informan respecto a los vuelos que tienen conocimiento”, dice la información pública del Seneam.
El vuelo del RC-135 V de la Fuerza Aérea de EU, con capacidad para intervenir comunicaciones, se realizó a través del Golfo de California, esto según el registro de la aplicación Flightradar, un espacio aéreo controlado por Seneam y, específicamente, por la región Mazatlán, por lo que tuvo tener un plan de vuelo y brindar información al gobierno mexicano, así como a las áreas de control de tránsito aéreo.
Precisamente fue el Centro de Control de Mazatlán quien informó al Centro Nacional de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo (CENAVI) sobre la presencia irregular de la aeronave a las 13:41 horas, y que operaba a 83 kilómetros al suroeste de Cabo San Lucas.
La Secretaría de la Defensa dijo, en ese momento, que el vuelo se realizaba “fuera del espacio aéreo mexicano sobre aguas internacionales”.
El secretario general del Sindicato de Controladores de Tránsito Aéreo (Sinacta), José Covarrubias, dijo a El Financiero que la zona por donde voló la aeronave militar es espacio aéreo mexicano.
“Es espacio aéreo mexicano. Lo podemos ver en las cartas de navegación, es un espacio asignado al gobierno mexicano, a su cargo, en esa parte, a cargo del centro de control Mazatlán, por eso es que ellos lo reportaron”, detalla Covarrubias.
“No teníamos plan de vuelo, no teníamos información de que se estaba operando, no se reportó con las áreas de tránsito aéreo”, remarca.