Los dos párrafos más bizarros de la instrucción del juez Peinado dejan entrever sus costuras
El juez Juan Carlos Peinado mantiene su delirio judicial. Esta semana ha anunciado, por un lado, que mantiene abierta la causa contra Begoña Gómez -la amplía medio año más- y, por otro, que no acepta la declaración del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por escrito. Sobre esto último, el magistrado que investiga a la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, alegaba problemas de seguridad para la testifical del miembro socialista remontándose, precisamente, a la declaración del responsable del Ejecutivo en Moncloa, hace meses. Y es aquí donde se sitúan dos de los párrafos más bizarros de la instrucción del juez, a la que ha tenido acceso ElPlural.com. "Riesgo para la integridad física" El escrito indica que "se ha constatado que el Complejo Presidencial cuenta con múltiples medidas de seguridad", pero apostilla que eso "no impidió que, a la comisión judicial, una vez permitido el acceso a los agentes de la Policía Judicial que acompañaban al vehículo de la comisión judicial, cuyos ocupantes habían sido previamente identificados, se le retuviera un periodo de tiempo sensiblemente superior al necesario para permitirles el acceso, existiendo un nutrido número de personas expectantes en las inmediaciones de dicho vehículo, con el consiguiente riesgo para la integridad física de los ocupantes del mismo, mientras el vehículo ocupado por el letrado de la persona investigada accedía sin espera de ningún tipo y elevando la barrera paralela a la que estaba impidiendo el paso al vehículo judicial". Líneas previas señalaban lo siguiente, a tenor de las posibles molestias que, según el juez, pudiera ocasionar la situación a los viandantes: "Respecto de las segundas de las consideraciones, es decir, el concreto despacho en el que ha de llevarse a cabo la declaración testifical, se argumenta en la contestación recibida del testigo que, con base en el informe que acompaña, supuestamente, del Jefe servicio de la escolta del testigo que, realizar la diligencia de declaración testifical con el desplazamiento de la comisión Judicial al despacho profesional del testigo, situado en la Calle San Bernardo nº45 de Madrid, donde se encuentra la sede de una de las carteras ministeriales que, en estos momentos, desempeña el testigo, supondría problemas de seguridad y eventuales inconvenientes a los ciudadanos que transiten en la mencionada calle (…) Por lo que se solicita que se lleve a efecto la declaración testifical en el despacho profesional situado en la sede del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes del Complejo de la Moncloa". Con todo, el motivo que el juez ha alegado para que la declaración de Bolaños, prevista para el próximo 16 de abril, se lleve a cabo de forma oral es que el ministro de Presidencia interpretó de forma "errónea" la ley cuando pidió responder a las preguntas a través de un formulario escrito dirigiéndose al artículo que concede la prerrogativa. Y apunta asimismo: "Los hechos sobre los que ha de versar su testimonio no los ha conocido en razón de ese actual cargo, sino...
El juez Juan Carlos Peinado mantiene su delirio judicial. Esta semana ha anunciado, por un lado, que mantiene abierta la causa contra Begoña Gómez -la amplía medio año más- y, por otro, que no acepta la declaración del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por escrito. Sobre esto último, el magistrado que investiga a la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, alegaba problemas de seguridad para la testifical del miembro socialista remontándose, precisamente, a la declaración del responsable del Ejecutivo en Moncloa, hace meses. Y es aquí donde se sitúan dos de los párrafos más bizarros de la instrucción del juez, a la que ha tenido acceso ElPlural.com. "Riesgo para la integridad física" El escrito indica que "se ha constatado que el Complejo Presidencial cuenta con múltiples medidas de seguridad", pero apostilla que eso "no impidió que, a la comisión judicial, una vez permitido el acceso a los agentes de la Policía Judicial que acompañaban al vehículo de la comisión judicial, cuyos ocupantes habían sido previamente identificados, se le retuviera un periodo de tiempo sensiblemente superior al necesario para permitirles el acceso, existiendo un nutrido número de personas expectantes en las inmediaciones de dicho vehículo, con el consiguiente riesgo para la integridad física de los ocupantes del mismo, mientras el vehículo ocupado por el letrado de la persona investigada accedía sin espera de ningún tipo y elevando la barrera paralela a la que estaba impidiendo el paso al vehículo judicial". Líneas previas señalaban lo siguiente, a tenor de las posibles molestias que, según el juez, pudiera ocasionar la situación a los viandantes: "Respecto de las segundas de las consideraciones, es decir, el concreto despacho en el que ha de llevarse a cabo la declaración testifical, se argumenta en la contestación recibida del testigo que, con base en el informe que acompaña, supuestamente, del Jefe servicio de la escolta del testigo que, realizar la diligencia de declaración testifical con el desplazamiento de la comisión Judicial al despacho profesional del testigo, situado en la Calle San Bernardo nº45 de Madrid, donde se encuentra la sede de una de las carteras ministeriales que, en estos momentos, desempeña el testigo, supondría problemas de seguridad y eventuales inconvenientes a los ciudadanos que transiten en la mencionada calle (…) Por lo que se solicita que se lleve a efecto la declaración testifical en el despacho profesional situado en la sede del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes del Complejo de la Moncloa". Con todo, el motivo que el juez ha alegado para que la declaración de Bolaños, prevista para el próximo 16 de abril, se lleve a cabo de forma oral es que el ministro de Presidencia interpretó de forma "errónea" la ley cuando pidió responder a las preguntas a través de un formulario escrito dirigiéndose al artículo que concede la prerrogativa. Y apunta asimismo: "Los hechos sobre los que ha de versar su testimonio no los ha conocido en razón de ese actual cargo, sino...
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