Los diputados pagan menos impuestos que un contribuyente por las dietas

La ley del IRPF contiene una excepción sobre la indemnización de los diputados, por el cual el 40% de su retribución no tributa.

Mar 20, 2025 - 20:24
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Los diputados pagan menos impuestos que un contribuyente por las dietas
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La retribución de un diputado nacional elegido por una provincia que no sea Madrid asciende a 74.413 euros brutos al año, sin contar con los complementos por ocupar algún cargo en la Cámara o en sus comisiones, pero sus impuestos no corresponden a los de esa cantidad.

  • Para un ciudadano cualquiera, esta cifra supondría un sueldo neto de aproximadamente 50.000 euros anuales, según la calculadora de sueldo neto de Newtral. Sin embargo, para un diputado de una provincia que no sea Madrid, se traduce en unos ingresos netos de casi 10.000 euros más.

¿Por qué? Los diputados cobran, además de su sueldo base de 3.236 euros brutos al mes, una indemnización para “cubrir los gastos de su actividad”.

La indemnización. Para los que vienen de fuera de Madrid (el 94% de la Cámara), esta indemnización asciende a 2.078 euros al mes más, lo que supone casi el 40% de su retribución. Para los elegidos por Madrid, es de 992 euros al mes. 

Los números. Un contribuyente con un salario bruto de 74.413 anuales se sitúa, aproximadamente, en un porcentaje de retención del 27%. Además de unos 20.000 euros de IRPF, abonará unos 3.800 euros en cuotas a la Seguridad Social, lo que supone un total de 23.800 euros en impuestos. 

Si no ocupa ningún cargo adicional en la Cámara, un diputado de una provincia distinta a Madrid tributa 45.308 euros de salario, es decir su sueldo base, que representa el 59% de su remuneración, lo que traduce en un porcentaje de retención en torno al 20,5%. Esto equivale a 9.300 euros de IRPF y 2.900 de Seguridad Social. Es decir, 12.200 euros en impuestos, la mitad que un contribuyente en la misma situación.

  • ¿Qué dice la ley? El artículo 17.2b, de la Ley 35/2006, el que cita el régimen económico del Congreso, establece que se excluye de la tributación “la parte de aquellas [cantidades] que dichas instituciones [Congreso, Parlamento Europeo, asambleas autonómicas, ayuntamientos y diputaciones provinciales] asignen para gastos de viaje y desplazamiento”.

El régimen económico del Congreso indica que esta indemnización es para “afrontar los gastos que les origine la actividad de la Cámara”. Además, también recoge otras ayudas específicas para transporte y para gastos de viajes oficiales. El importe de la indemnización depende de la circunscripción por la que fuera elegido el diputado, pero no tiene en cuenta dónde reside ni si tiene casa en Madrid

La oficina de prensa del Congreso informó a Newtral en 2020 de que la indemnización “no es para desplazamientos, sino para otros gastos que consideran los miembros de la Cámara, como alojamientos y comidas”.

  • ¿Tributan las dietas en el sector privado? La ley del IRPF marca unos máximos por debajo de los cuales las dietas por desplazamiento y estancia están exentas de tributar, como recoge la Agencia Tributaria. En el caso de los diputados, estos límites no existen, según explica Raquel Jurado, economista y asesora fiscal del Consejo General de Economistas. Los miembros de la cámara cuentan con un “régimen especial, sin que deban ajustarse a ningún límite”, indica la experta.