¿Licencia de conducir virtual? Esto es lo que dice la reforma del Código de Tránsito
Dentro de las modificaciones también ingresaron cambios en la VTV, importación de vehículos y se dictaminó un marco regulatorio para la llegada de vehículos autónomos; se invitó a las distintas jurisdicciones a adherir a los cambios

A través del Decreto 196/2025, el Gobierno confirmó los cambios en el Código de Tránsito que había anunciado meses atrás. Se trata de una profunda transformación que modifica múltiples aristas y afecta no solo al trámite de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) sino al proceso de importación de vehículos, la obtención y renovación de la licencia de conducir y el funcionamiento de los peajes en todas las rutas nacionales, entre otros puntos. Además, incluye un espacio dedicado a la conducción autónoma que busca crear un marco de tipificación para cuando la tecnología arribe al país.
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Respecto a las licencias de conducir, en primer lugar, la resolución establece que cualquier Licencia Nacional de Conducir será válida en todo el país en su versión digital, la cual figura en la aplicación Mi Argentina. De esta manera, la versión física se torna opcional.
El segundo cambio de relevancia es sobre la renovación. De ahora en más, para las licencias particulares (A, B y G) se podrán renovar de manera remota, acorde a lo informado por la Secretaría de Transporte de la Nación.
“Los exámenes psicofísicos podrán ser dictados por prestadores que se registren en la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV)”, agregaron fuentes oficiales. En ese sentido, los médicos profesionales que deseen prestar este servicio, deberán contar con toda la instrumentología necesaria para hacer las evaluaciones psicofísicas requeridas y adherirse al registro dispuesto por la entidad citada.
Esto implica que los usuarios podrán elegir a qué centro médico acudir para luego continuar con el trámite de manera digital. Además, sobre la vigencia de las licencias particulares, el esquema quedó configurado de la siguiente manera:
- Menores de 21 años: podrán obtener una clase A, B y G con una duración de cinco años.
- Entre 21 y 65 años: la licencia podrá ser de cualquier categoría y tendrá una vigencia de cinco años.
- Mayores de 65 años: con licencias A, B y G deberán revalidarla cada tres años.
- A partir de los 70 años: el trámite es anual.
Sin embargo, según establece la nueva Ley Nacional de Tránsito, si una persona comete faltas graves durante los primeros dos años luego de sacar la licencia por primera vez, se le suspenderá y tendrá que rendir los exámenes de nuevo.
Por otro lado, se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y las licencias nacionales de tipo C, D y/o E serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros “siempre y cuando sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial”.
Lo que ocurría hasta la fecha era que la licencia de conducir profesional interjurisdiccional, que habilitaba transporte de carga y de pasajeros entre provincias, era otrogada directamente por la ANSV tras un período de capacitación. Aquellas personas que quisieran obtenerla, debían tramitar una licencia profesional previa en su jurisdicción de origen. “Era una duplicación de la licencia. Lo que se busca ahora es que Nación defina los criterios y se corra de la otorgación”, remarcaron fuentes ministeriales.
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Ahora, una jurisdicción que sea autorizada por la ANSV podrá emitir la licencia de conducir profesional que habilitará al conductor a trasladarse entre jurisdicciones sin la necesidad de tramitar un carnet extra. “Este decreto le da la facultad a la agencia de hacer convenios para delegar sus licencias. Van a seguir siendo de la ANSV, que va a establecer los estándares, pero las entregas las van a hacer las jurisdicciones. Todas las que tengan convenios de licencias nacionales, va a tener validez la profesional”, remarcaron.
En esa línea, otra novedad es que el domicilio real no necesitará coincidir con el de la licencia profesional, por lo que el conductor podrá elegir cualquier jurisdicción en donde tramitar el documento.