La juez de la DANA imputa a Salomé Pradas, exconsellera de Carlos Mazón

La magistrada que instruye la causa de la DANA ha dado un paso de gigante en la instrucción judicial que investiga la muerte de 228 personas y cita como imputada a la que fuera consellera de Justicia y Emergencias aquel 29 de octubre, Salomé Pradas. Además, la juez también imputa al secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. En el auto, remitido este lunes a las partes, la magistrada explica que "la convocatoria del Cecopi se llevó a cabo con una gran demora, a lo que ha de sumarse que la toma de decisiones por la administración autonómica destinada a alertar a la población se produjo con un retraso todavía mayor. (...) Lo anterior, lo que constituye una consecuencia lógica de las funciones de protección civil, de la asunción de competencias en una materia como emergencias, aparece reflejado en disposiciones legales. Así lo establece la Ley Valenciana". Asevera el auto, en contestación a las personas que quieren derivar la responsabilidad a la Delegación de Gobierno: "No era preciso la movilización de recursos materiales y humanos, de las fuerzas y cuerpos de seguridad, obligar a la asunción de riesgos por terceros, restringir algún tipo de derecho fundamental, exigir la colaboración de la propia población en la protección civil, obtener la autorización de la Delegación del Gobierno, solicitar la declaración de emergencia nacional para que ulteriormente se acordara la remisión de los avisos por el Ministro del Interior, solicitar la colaboración de las administraciones locales. No era necesario en definitiva contar con el asentimiento o conformidad de hasta 29 personas que integraban el Cecopi. Simplemente tomar la decisión de avisar a los ciudadanos que podían verse afectados". Las imputaciones Respecto de las imputaciones de Pradas y Argüeso dice que, "la instrucción habrá de determinar las causas, que hasta el momento no resultan explicables, no solo para los familiares de los fallecidos, sino para esta juez instructora, depor qué no se indicó a la población de que se resguardara subiendo a zonas altas, más alládel doloroso, por su tardanza, e incompleto, por su contenido, mensaje que se ceñía aevitar desplazamientos. Una omisión en tiempo de las alarmas y una actuación errónea en su contenido, el consejo de subir a las zonas altas se produjo cuando ya se habían producido los fallecimientos, que exige la toma de declaración como investigados por su presunta responsabilidad en el fallecimiento o las lesiones". Noticia en ampliación...

Mar 10, 2025 - 14:57
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La juez de la DANA imputa a Salomé Pradas, exconsellera de Carlos Mazón
La magistrada que instruye la causa de la DANA ha dado un paso de gigante en la instrucción judicial que investiga la muerte de 228 personas y cita como imputada a la que fuera consellera de Justicia y Emergencias aquel 29 de octubre, Salomé Pradas. Además, la juez también imputa al secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. En el auto, remitido este lunes a las partes, la magistrada explica que "la convocatoria del Cecopi se llevó a cabo con una gran demora, a lo que ha de sumarse que la toma de decisiones por la administración autonómica destinada a alertar a la población se produjo con un retraso todavía mayor. (...) Lo anterior, lo que constituye una consecuencia lógica de las funciones de protección civil, de la asunción de competencias en una materia como emergencias, aparece reflejado en disposiciones legales. Así lo establece la Ley Valenciana". Asevera el auto, en contestación a las personas que quieren derivar la responsabilidad a la Delegación de Gobierno: "No era preciso la movilización de recursos materiales y humanos, de las fuerzas y cuerpos de seguridad, obligar a la asunción de riesgos por terceros, restringir algún tipo de derecho fundamental, exigir la colaboración de la propia población en la protección civil, obtener la autorización de la Delegación del Gobierno, solicitar la declaración de emergencia nacional para que ulteriormente se acordara la remisión de los avisos por el Ministro del Interior, solicitar la colaboración de las administraciones locales. No era necesario en definitiva contar con el asentimiento o conformidad de hasta 29 personas que integraban el Cecopi. Simplemente tomar la decisión de avisar a los ciudadanos que podían verse afectados". Las imputaciones Respecto de las imputaciones de Pradas y Argüeso dice que, "la instrucción habrá de determinar las causas, que hasta el momento no resultan explicables, no solo para los familiares de los fallecidos, sino para esta juez instructora, depor qué no se indicó a la población de que se resguardara subiendo a zonas altas, más alládel doloroso, por su tardanza, e incompleto, por su contenido, mensaje que se ceñía aevitar desplazamientos. Una omisión en tiempo de las alarmas y una actuación errónea en su contenido, el consejo de subir a las zonas altas se produjo cuando ya se habían producido los fallecimientos, que exige la toma de declaración como investigados por su presunta responsabilidad en el fallecimiento o las lesiones". Noticia en ampliación...