El Supremo avala la investigación del caso Koldo y recuerda a Ábalos que hay indicios de que tuvo beneficios "ilícitos"

El exministro José Luis Ábalos no logró que el juez que lo investiga estimase sus alegaciones contra la causa y ha corrido la misma fortuna en la instancia...

Abr 7, 2025 - 16:30
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El Supremo avala la investigación del caso Koldo y recuerda a Ábalos que hay indicios de que tuvo beneficios "ilícitos"

El exministro José Luis Ábalos no logró que el juez que lo investiga estimase sus alegaciones contra la causa y ha corrido la misma fortuna en la instancia superior, la Sala de Apelaciones de lo Penal del Tribunal Supremo. En un auto dictado el 4 de abril, la Sala ha descartado que el instructor Leopoldo Puente dirija una "investigación prospectiva" contra Ábalos y le ha recordado que existen indicios de que obtuvo beneficios "de forma ilícita" a cambio de adjudicaciones de contratos públicos.

El abogado del exministro de Transportes acusó a Puente en su recurso de apelación de "indagar en la vida y obra" de Ábalos "para ver si, en el curso de dicha indagación, existen otros delitos que puedan ser descubiertos". Concretamente, la defensa del exministro pretendía anular la investigación patrimonial que el juez ha ordenado desarrollar a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, y que se dirige contra Ábalos y su hijo.

Según alegó la defensa del imputado, esta investigación es "muy amplia y genérica". El letrado también destaca en su recurso que no se debería indagar en el patrimonio de Víctor Ábalos, descendiente del exministro, "que no ha tenido ninguna participación en la realización del hecho delictivo". Frente a estas alegaciones, la Sala de Apelaciones hace suyas las consideraciones del magistrado Leopoldo Puente y, como él, descarta por completo la existencia de una investigación general o prospectiva.

La investigación patrimonial está "obviamente orientada a la comprobación futura de posibles ingresos indebidos o beneficios económicos vinculados a dichas posibles conductas [delictivas]", sentencia el auto de la Sala de Apelaciones. Y añade que "nada de lo que aquí se investiga concierne, evidentemente, a hechos ajenos a la referida imputación" ni "desvinculados de la misma".

Las diligencias ordenadas por el juez no constituyen "una suerte de prospección o inquisición general" en torno a José Luis Ábalos, según afirmó el juez Leopoldo Puente y añade ahora la Sala.

Como ya hizo el instructor, la Sala contesta ahora a la queja de Ábalos sobre la investigación dirigida por la UCO en relación a un inmueble que adquirió Ábalos en Perú. Del mismo modo, la instancia superior considera "inasumible" la alegación del exministro, que entiende vulnerados sus derechos por esta investigación. En su escrito, el Supremo recuerda que el propio Ábalos hizo referencia a una noticia de prensa que lo relacionaba con la casa de Perú cuando declaró en el tribunal.

Acto seguido, el auto se refiere a las alegaciones relacionadas con Víctor Ábalos, hijo del exsecretario de Organización del PSOE. La Sala recuerda que el comisionista Víctor de Aldama, presunto cabecilla de la trama, implicó al hijo de Ábalos en la corruptela. Por tanto, el tribunal considera justificado que se le llamara a declarar como testigo, "bien para que niegue la existencia" de mensajes de teléfono con Aldama, "bien para que los explique, si existieran, así como para que precise cuál pudiera ser su relación con Aldama".

El recurso de Ábalos también pedía anular varias declaraciones testificales que, sin embargo, ya han tenido lugar. Por eso mismo, el Supremo recuerda que "las testificales ya se han practicado y la parte recurrente ha estado presente en su práctica y ha podido participar en los interrogatorios en la forma prevista legalmente". Y concluye que "no se ha producido indefensión alguna".

El abogado del exministro recurrió también el auto en el que el instructor mandó analizar las "comunicaciones telefónicas" de Aldama, "con especial referencia a los mensajes que pudiera haber intercambiado" con "José Luis Ábalos, Víctor Ábalos, Ángel Víctor Torres o subordinados de este, Santos Cerdán o cualquier otra persona aforada ante este Tribunal Supremo".

La Sala avala el auto del instructor porque, "al ser evidente que en las declaraciones efectuadas en esta causa especial por Aldama, él mismo aseguró haber mantenido determinados contactos con todos ellos", la diligencia es "necesaria". El escrito recuerda también que el juez rechazó pedir la imputación de Torres y Cerdán al entender que "las imputaciones que a ellos se dirigen descansan en este momento únicamente en afirmaciones no mínimamente contrastadas".

Por último, la Sala descarta también expulsar a la UCO —a la que Ábalos atribuye "tintes de inquina y venganza— de la instrucción. No es sólo que el tribunal considere que la apreciación es injustificada. También descarta la pretensión del exministro porque "una inopinada y carente de toda base modificación de la fuerza policial actuante comportaría en este momento un grave retroceso en el desarrollo de la investigación, retardando muy sensiblemente la misma".