Cuál es el próximo feriado de marzo 2025

La distribución de los asuetos nacionales está disponible en el calendario oficial de la jefatura de Gabinete; cuándo es el receso más próximo

Mar 4, 2025 - 11:57
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Cuál es el próximo feriado de marzo 2025

Luego del descanso extendido por el fin de semana largo de Carnaval, muchos argentinos se preguntan cuál es el próximo feriado de marzo 2025.

De acuerdo a la información que ofrece el sitio oficial de la Jefatura de Gabinete, con el calendario oficial para todo el año, en marzo hay tres feriados nacionales y un día no laborable. Una vez transcurridos el lunes y martes de Carnaval, queda una jornada de asueto y otra de día no laborable por delante.Después de los festejos del Carnaval, a marzo le queda un feriado el próximo lunes 24

Cuál es el próximo feriado de marzo de 2025

El tercer y último feriado nacional de marzo es el próximo lunes 24, que es el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Este asueto toma por fecha el día en que se instauró el último gobierno militar de la historia argentina, el autodenominado Proceso de Reorganización Nacional (1976-1983), como una forma de conmemorar a las víctimas y desaparecidos de este oscuro período de la historia argentina.

Por otro lado, el Gobierno dictaminó como día no laborable el 31 de marzo, que se celebra en la cultura musulmana la Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán.

Cómo se pagan los feriados trabajados

La ley 20.744, también conocida como la ley de Contrato de Trabajo, establece el régimen por el cual se pagan a los empleados que prestan sus servicios durante los días asueto. “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en cuanto a la prohibición del trabajo. En dichos días, los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan con domingo”, detalla el artículo 181 de la normativa. Por lo tanto, se les debe pagar a los empleados lo mismo que un día laboral normal durante un feriado.

En tanto, quienes deban trabajar durante un asueto tendrán una remuneración diferencial. “Todo trabajador que preste servicios por estar afectado a las excepciones previstas en aquellas normas legales cobrará la suma que tenga asignada, más una cantidad igual”, puntualiza la Ley de Contrato de Trabajo. En ese sentido, las personas que trabajen un feriado cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.Los feriados se pagan el doble para quienes trabajen, mientras que los días no laborables se percibe la misma remuneración

Diferencia entre feriados nacionales y días no laborables

La ley de Contrato de Trabajo también se refiere a los feriados nacionales y a los días no laborables, y en su artículo 165 explica que quedarán establecidos en el régimen legal que los regule. En este caso, se refiere a la ley 27.399 de “Establecimiento de feriados y fines de semanas largos”. La LCT precisa en la cláusula 166 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Esto quiere decir que las personas que trabajen en feriados cobrarán el doble de lo que reciben por una jornada laboral.

Mientras tanto, en el artículo 167 explica que los días no laborales son optativos para el empleador para el sector privado. Por lo tanto, es él el que decide si se trabaja; y si es así, el empleado percibirá su salario simple. En tanto, son de aplicación obligatoria para la administración pública. Lo mismo ocurre con los bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación.

El calendario completo de feriados nacionales de 2025 en la Argentina

El calendario 2025 de feriados en la Argentina

Marzo

  • Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)

Abril

  • Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
  • Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
  • Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)

Mayo

  • Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
  • Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
  • Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)

Junio

  • Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se trasladaría del martes 17 de junio por ser un feriado trasladable)
  • Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)

Julio

  • Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)

Agosto

  • Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
  • Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)

Octubre

  • Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)

Noviembre

  • Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
  • Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se trasladaría del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable).

Diciembre

  • Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)