Cronología del caso Antin: Bruselas prohíbe a España indemnizar a la firma con 101 millones por ayudas ilegales a renovables
Antin invirtió en instalaciones de renovables en España aprovechando unas ayudas aprobadas por el Gobierno en 2007 que fueron recortadas años más tarde.


España no tendrá que indemnizar con 101 millones de euros a la firma Antin por un caso que tiene sus raíces en 2007 y que está relacionado con inversiones en energías renovables, tal y como ha establecido la Comisión Europea.
Contexto. Antin, una firma de capital privado especializada en inversiones en infraestructura, inyectó dinero en instalaciones de energías renovables en España aprovechando unas ayudas económicas aprobadas por el Gobierno en 2007 que fueron recortadas años más tarde, motivo por el que pidió que se le indemnizase.
- Antin invirtió en España a través de sus sociedades Antin Infrastructure Services Luxembourg SARL y Antin Energia Termosolar BV, constituidas en Luxemburgo y Países Bajos, respectivamente.
Por qué. La Comisión Europea ha dictaminado que aquellas ayudas estatales eran ilegales.
Y ahora qué. Además de prohibirle indemnizar a Antin, Bruselas ha ordenado a España y a los jueces del país que garanticen que “no se efectúe ningún pago, ejecución o realización del laudo arbitral de ningún otro modo”, en referencia a la decisión que emitió un tribunal de arbitraje en 2018 para resolver el conflicto y que era la que establecía dicha indemnización.
Cronología del caso Antin
2007. El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero instauró un régimen para apoyar a las renovables que incluía primas económicas para incentivar su desarrollo. No se lo notificó a la Comisión Europea para que lo aprobase conforme a las normas sobre ayudas estatales de la UE. Según El Periódico de la Energía, no lo hizo debido a cuestiones relacionadas con interpretaciones jurídicas.
2012 y 2013. El Gobierno de Mariano Rajoy suspendió temporalmente en 2012 las primas económicas a las renovables. Estos recortes alcanzaron su apogeo con la reforma del sector eléctrico en 2013 (que sí recibió el visto bueno de Bruselas, aunque cuatro años más tarde). Estos cambios afectaron a las instalaciones que habían comenzado a recibir apoyo desde 2007, entre ellas Antin.
- Ante estos cambios normativos, Antin pidió que se le indemnizase e inició un procedimiento de arbitraje contra España. Se trata de un litigio contra un Estado miembro de la UE interpuesto por un inversor de otro Estado miembro ante un tribunal de arbitraje entre inversionistas y Estados.
- El procedimiento iniciado por Antin se basó en lo establecido en el Tratado sobre la Carta de la Energía (TCE) sobre resolución de litigios entre inversores y Estados, firmado en 1994 para proteger las inversiones extranjeras en el sector energético (tratado que la Unión Europea decidió abandonar el año pasado al considerar que no era compatible con los objetivos climáticos de la UE).
2018.
- Marzo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó la sentencia Achmea sobre otro caso. En ella estableció que los mecanismos de arbitraje entre inversores y Estados dentro de la UE basados en tratados bilaterales de inversión (como el caso Antin) son contrarios al Derecho de la Unión, ya que el TJUE es quien debe resolverlos.
- Junio. Un tribunal de arbitraje resolvió a favor de Antin y ordenó a España a indemnizarle con 101 millones de euros más intereses por las pérdidas que supuestamente sufrió tras los cambios normativos sobre ayudas a renovables. España notificó este laudo arbitral a la Comisión Europea para que lo evaluase.
2019. Un total de 22 Estados miembros, entre ellos Países Bajos y Luxemburgo (donde Antin tiene su sede), firmaron una declaración indicando que los principios de la sentencia Achmea se debían aplicar también a la cláusula de arbitraje del TCE, que era el tratado en el que se había basado Antin.
2021.
- Julio. La Comisión Europea abrió formalmente un procedimiento de investigación sobre el caso Antin.
- Septiembre. El TJUE dicta la sentencia Komstroy, estableciendo que la cláusula de arbitraje del TCE no puede aplicarse dentro de la UE a litigios entre un Estado miembro y un inversor establecido en otro Estado miembro. Es el caso de España con Antin, que tiene sede en Luxemburgo y Países Bajos.
2025. La Comisión Europea concluye que el laudo arbitral que obligó a España a indemnizar a Antin constituye una ayuda estatal ilegal e incompatible con las normas de la UE. La Comisión ordena a España que no pague la indemnización de 101 millones de euros y que garantice que no se efectúe ningún pago o ejecución del laudo. Fuentes
- Comisión Europea
- El Periódico de la Energía
- Web de Antin