ARCA vigila: esta es la única billetera virtual a la que el organismo no puede controlar
Existe una billetera virtual que escapa a las regulaciones del ente recaudador. Cuál es y por qué.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) les exige a las entidades financieras y billeteras virtuales que informen cuando los clientes superan ciertos límites en transferencias, extracciones, consumos, entre otros.
Sin embargo, existe una aplicación que no puede ser rastreada por el organismo fiscal y que no tiene la obligación de hacer reportes de la actividad de sus clientes. Además de realizar envíos y recibos de dinero, permite comprar dólares, criptomonedas, entre otros movimientos financieros.
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ARCA: la única billetera virtual a la que no puede vigilar
ARCA no puede controlar a PayPal porque esta billetera virtual está radicada en el exterior y no tiene un acuerdo de intercambio de información con Argentina. Los motivos de esta excepción, se los podría resumir en estos tres puntos:
- PayPal es una empresa de tecnología financiera (fintech) que actúa como intermediaria en transacciones digitales.
- No es un banco, por lo que no está sujeta a las mismas regulaciones que las entidades bancarias.
- Opera bajo un modelo de negocio diferente al de las instituciones financieras tradicionales y al estar radicada en Estados Unidos, ARCA no puede supervisar los fondos depositados en esta plataforma.

¿Cuál es el control que ejerce ARCA sobre las billeteras virtuales?
ARCA exige a las instituciones financieras que reporten saldos, montos de transferencias y otros datos de sus clientes cuando se cumplen ciertos parámetros establecidos.
Por ejemplo, si una persona supera los $ 600.000 en operaciones de ingreso o egreso, las billeteras, como Mercado Pago, Ualá, Naranja X y Personal Pay, entre otras, están obligadas a informar sobre estos movimientos.
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¿Qué transferencias investiga ARCA en 2025?
La Agencia de Recaudación actualizó los límites para que los bancos y billeteras virtuales informen sobre las transferencias, saldos y consumos de los contribuyentes.
Desde este año, las instituciones financieras y Fintech deben reportar las operaciones que superen estos montos:
$ 600.000
- Total de consumos con tarjetas de débito,
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$ 1.000.000
- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes,
- Total de depósitos a plazo fijo constituidos en el mes,
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio,
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes,
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$ 2.000.000
Este caso aplica solo para billeteras virtuales, transferencias bancarias o virtuales superiores al monto.
Esta medida solo afecta el accionar de las empresas, por lo que los contribuyentes no deben hacer ningún tipo de trámite distinto para realizar operaciones que superen los límites.