Un opositor ingresa en la Guardia Civil tras ser excluido por consumir drogas en el Ejército

“Adecuación a normas y valores institucionales” Cannabis, cocaína, alcohol al volante Recurrió al TSJ de Aragón “No podemos tacharle de mentiroso” “Conductas ya superadas”...

Mar 13, 2025 - 20:32
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Un opositor ingresa en la Guardia Civil tras ser excluido por consumir drogas en el Ejército
  1. “Adecuación a normas y valores institucionales”
  2. Cannabis, cocaína, alcohol al volante
  3. Recurrió al TSJ de Aragón
  4. “No podemos tacharle de mentiroso”
  5. “Conductas ya superadas”

 

Un aspirante a ingresar en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil ha conseguido que los jueces obliguen a la Dirección General a admitirle en el centro docente para entrar en el cuerpo, pese a que el tribunal de selección le declaró no apto.

El tribunal de selección de la convocatoria de ingreso de 2022 le declaró “no apto”, debido a que no había superado con éxito una de las pruebas, la entrevista personal.

“Adecuación a normas y valores institucionales”

Cuando reclamó su nota, el opositor se enteró de que un asesor psicólogo había firmado un informe en el que se reflejaban si el aspirante cumplía o no con una serie de competencias, a partir de la observación de conductas y rastros conductuales.

En el informe parece que este aspirante aprobó en “Responsabilidad / madurez”, “Espíritu de sacrificio y abnegación”, “Autocontrol”, “Habilidades sociales y de comunicación” y en “Adaptación”.

Pero el psicólogo concluyó que tenía déficit en la competencia de “Adecuación a normas y valores institucionales”.

El motivo de ese nota negativa estaba en el consumo de drogas.

Cannabis, cocaína, alcohol al volante

En el transcurso de la entrevista personal a la que se someten los opositores, reconoció que había estar “dentro del Plan de Prevención de Drogas” del Ejército de Tierra, es decir, que este aspirante a guardia civil había estado antes en las Fuerzas Armadas.

Se le incluyó en ese plan “por haber dado positivo tanto en cannabis como en cocaína”. Sin embargo, parece que había obviado reflejar ese dato “en el biodata”.

En la entrevista también admitió que “durante la realización de la carrera consumía durante 4 años de manera continuada cannabis”, y también cocaína en esa etapa universitaria.

A ello se añade que fue sancionado por conducir bajo los efectos del alcohol.

No había tampoco reseñado que fue sancionado por la Guardia Civil por infracción a la Ley de Seguridad Ciudadana, a causa de un altercado en la puerta de una discoteca.

También fue denunciado por malos tratos, detenido y pasó una noche en el calabozo por haber sido de denunciado por una amiga de su mujer, “dice que finalmente quedó sobreseído todo”.

En el informe del psicólogo se reflejó que era “causa para considerarse deficitario” en la competencia “Adecuación a normas y valores institucionales” el hecho de haber faltado a la verdad al rellenar el biodata, en cuyo encabezamiento se advertía de la obligación de no faltar a la verdad.

Academia de Cabos y Guardias, en Baeza, Jaén (Firma: Juan de Dios Ortiz / Europa Press).
Academia de Cabos y Guardias, en Baeza, Jaén (Firma: Juan de Dios Ortiz / Europa Press).

Recurrió al TSJ de Aragón

Tras recibir el “no apto”, este opositor recurrió primero en vía administrativa, y finalmente acudió a la jurisdicción contencioso-administrativa, representado por el abogado Antonio Suárez-Valdés.

En el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón argumentó, entre otros motivos, que no había reflejado en el biodata que estuvo en un plan de prevención de drogas en el Ejército “porque no se le solicitó”.

Pero sobre todo basó su recurso en que “resulta notorio que no constituye causa de exclusión prevista en las bases de la convocatoria el hecho de haber consumido drogas de forma esporádica en su pasado en las Fuerzas Armadas”.

Denunció que en el informe “se omite que al haber dado un positivo en una analítica de detección de consumo de estupefacientes, durante su servicio en las Fuerzas Armadas, el mismo fue incluido en el programa de seguimiento PYCODE_PADET, en el que se le efectuaron de forma continuada analíticas aleatorias de detección de consumo de este tipo de sustancias, arrojando resultado negativo en las mismas”.

“No podemos tacharle de mentiroso”

Los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que analizaron el caso tuvieron muy en cuenta que los motivos de queja del opositor no fueron contestados por la Dirección General de la Guardia Civil.

Por eso avalaron que “si no se indicó esas circunstancias en la biodata”, el asunto del positivo en droga en el Ejército de Tierra, “es porque no se le pidió así”.

“Tan es así, que en el primer momento en que al actor en la entrevista, -extremo que no se niega, por la Administración- se le solicitaron esos datos, los dio con naturalidad”, destaca la sentencia; de hecho, “si no fuera por la declaración del actor, la Administración y los entrevistadores psicólogos, no podían tener conocimiento del mismo”.

Por ello “no podemos tachar al actor de mentiroso, de ser contrario a normas de veracidad y valores de lealtad, hasta el punto además de incapacitarlo para acceder a la Guardia Civil”, así que “por lo actuado aquí no nos parece adecuado a la realidad de la capacidad y competencia del entrevistado”.

“Conductas ya superadas”

El tribunal también consideró que “la mera imputación de la existencia en el pasado de esos antecedentes, no nos parece que pueda ser un indicador de una conducta contraria a normas y valores institucionales, en el momento en que se ha hecho la entrevista”.

Para el TSJ de Aragón, “se trata de conductas ya superadas, o incluso no acreditadas suficientemente para imputar ese déficit de adecuación a normas y valores institucionales”.

“Hemos de reseñar con claridad que no encontramos déficit de competencia psicológica por la realización de esa conducta”, ya que a su juicio “las bases de la convocatoria y el sistema de acceso, no solo a la Guardia Civil, ya poseen suficientes filtros para evitar el ingreso de personas con antecedentes o conductas no adecuadas a la convivencia, para que ello tenga también que reflejarse en los indicadores de una entrevista psicológica”.

Pero además “si queremos imputar una conducta a valores o normas, hemos de valorarla que se encuentre presente y en la actualidad, lo contrario le hace flaco favor, a los principios constituciones de seguridad jurídica (art. 9.3 de la CE), presunción de inocencia (art. 24.2 de la CE) tipicidad (art. 25.1 de la CE) e incluso de reinserción y reeducación de las penas y medidas (art. 25.2 de la CE)”.

Tuvo en cuenta el tribunal que “se le imputa un consumo de drogas que ya consta superado, una infracción a la ley de seguridad ciudadana, prescrita y una denuncia que no llegó a condena. Todo ello, salvo que queramos que estos antecedentes se constituyan en una marca insalvable y perenne, de la que el actor nunca pueda librarse. Pero esto no es lo quiere nuestro sistema constitucional”.

Así que decidieron estimar el recurso contencioso-administrativo y ordenar a la Dirección General de la Guardia Civil que declare superada la entrevista a este opositor, “y que se continúe con el procedimiento selectivo y en caso de superación del mismo, a la inmediata incorporación con su promoción al centro docente, y en caso de superar este período, ser nombrado miembro de la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.