"¿Puedo negarme a un gasto aprobado en junta para dar cestas de Navidad a las empleadas de la limpieza?"
Si tienes problemas en tu comunidad de propietarios -derramas, goteras, plazas de garaje, limpieza, trasteros, seguridad, ruidos, olores...- puedes resolverlas...

Si tienes problemas en tu comunidad de propietarios -derramas, goteras, plazas de garaje, limpieza, trasteros, seguridad, ruidos, olores...- puedes resolverlas en nuestro consultorio. Envía tus preguntas al correo consultoriovivienda@20minutos.es.
Aquí tienes las respuestas dadas hoy por nuestra experta Patricia Briones, letrada del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.
Vender un piso ocupado
PREGUNTA Quería saber si es legal vender un piso okupado. Tengo un conocido en esta situación y necesita el dinero de la venta. Gracias. Ángela
RESPUESTA DE LA EXPERTA Como propietario, puede vender su propiedad en cualquier momento. Ahora bien, debo informar al comprador de forma clara de la situación en la que se encuentra el piso del mismo modo que debe hacerlo si lo tuviera alquilado mediante un contrato de arrendamiento.
En caso contrario, podría demandarle por engaño o fraude, así como por los daños y perjuicios ocasionados.
Tiempo de aviso
PREGUNTA Tengo un contrato de alquiler de tres años. ¿Con cuánto tiempo me tiene que avisar el propietario si necesita la vivienda para uso propio? María.
RESPUESTA DE LA EXPERTA La fecha de preaviso de resolución del contrato dependerá de la fecha de celebración del contrato. Si su contrato se ha celebrado con posterioridad al 6 de marzo de 2019, el propietario/arrendador deberá preavisarle al menos cuatro meses antes de la fecha de renovación del contrato.
Un regalo
PREGUNTA Mi comunidad de vecinos aprobó hace años un gasto para comprar cestas de Navidad destinadas a las empleadas de la empresa de limpieza de la Comunidad.
Si no estoy de acuerdo, ¿es obligatorio para todos los vecinos ya que no es un gasto de comunidad sino un regalo? En caso de que no sea obligatorio aceptarlo por todos los vecinos, ¿en qué norma me puedo apoyar para rebatirlo al Administrador?
RESPUESTA DE LA EXPERTA: Las gratificaciones a los empleados tienen la consideración de acto de mera administración, por lo que, adoptado el acuerdo con el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios asistentes a la junta, el acuerdo es vinculante para todos los propietarios, incluidos los disidentes, sin perjuicio de su derecho a impugnar judicialmente el acuerdo si lo considera contrario a sus intereses.
No obstante, considero que para evitar este tipo de situaciones, lo más aconsejable es que aquellos propietarios que quieran tener un detalle con los empleados, aparte de la paga extraordinaria que legalmente les corresponde, se pongan de acuerdo al margen de la comunidad de forma que no se impute este gasto al fondo de la comunidad.