Por qué no se le ha aplicado la amnistía a cuatro policías implicados en los actos del 1-O
La Audiencia de Barcelona se apoya en las exclusiones que contempla la ley de amnistía. Los agentes causaron un estallido ocular a un manifestante con pelotas de goma.


La Audiencia de Barcelona ha rechazado aplicar la amnistía a cuatro agentes de la Policía Nacional implicados en los actos del 1-O y que están siendo investigados por causar un estallido ocular a un votante mediante el lanzamiento de pelotas de goma, según publica la agencia EFE.
Los acusados. En concreto, son un escopetero, un inspector y dos subinspectores los que irán a juicio al existir “indicios de criminalidad suficientes”, detalla la agencia EFE. El órgano judicial catalán ha decidido abrir juicio oral para todos ellos por un delito de lesiones.
Por qué no se aplica la amnistía a estos policías. El lanzamiento de pelotas de goma contra el votante le causó el “estallido ocular” de su ojo derecho. La ley de amnistía excluye del perdón a todos aquellos actos dolosos contra personas que hubieran producido un resultado de muerte, aborto o lesiones al feto, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro, la pérdida o inutilidad de un sentido, la impotencia, la esterilidad o una grave deformidad.
- También entran en esta lista las torturas, los actos de terrorismo según la legislación europea y que hayan causado “de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos”, la traición, los delitos que afecten a intereses financieros de la Unión Europea y los delitos de odio, genocidio o lesa humanidad.
Posibles penas. El Código Penal establece en su artículo 149 que “el que causara a otro, por cualquier medio o procedimiento, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica, será castigado con la pena de prisión de seis a 12 años”.