¿Por qué me han denegado el subsidio por desempleo? ¿Puedo acceder a la jubilación anticipada por causa no imputable al trabajador?
Cuando un trabajador mayor de 60 años agota su prestación por desempleo y se encuentra sin ingresos, surgen dudas sobre las opciones disponibles. ¿Es posible acceder a un subsidio? ¿Cuáles son los requisitos para una jubilación anticipada en caso de despido? Estas preguntas son clave para quienes han cesado su actividad laboral de manera involuntaria y buscan una alternativa de ingresos hasta la edad de jubilación ordinaria. A continuación, analizamos los factores determinantes en la concesión del subsidio por desempleo y los requisitos para solicitar la jubilación anticipada por causas no imputables al trabajador. La cuestión que nos plantea un lector es la siguiente: "Tengo 61 años, me despidieron por despido colectivo en diciembre de 2022, llevaba 22 años trabajando en la empresa y desde entonces no he vuelto a trabajar. La prestación contributiva por desempleo se me acabó en octubre de 2024 y ahora no me dan el subsidio por desempleo. ¿Es correcta la denegación de la prestación de subsidio por parte del SEPE? ¿Puedo acceder a una jubilación anticipada? ¿A qué edad? ¿Puedo percibir el subsidio por desempleo y jubilarme a la edad ordinaria de jubilación?" Subsidio de desempleo Con los datos que nos proporciona no podemos responder con la necesaria seguridad a algunas de las preguntas que se nos formula, pero si podemos darle algunas pautas que podrían serle útiles. En primer lugar y respecto a la pregunta sobre el subsidio por desempleo, manifestar que la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) regula distintos tipos de subsidio por desempleo: subsidio por haber agotado la prestación por desempleo; subsidio por encontrarse en situación legal de desempleo pero no tener el periodo mínimo de cotización exigido para tener derecho a la prestación por desempleo; subsidio para trabajadores mayores de cincuenta y dos años; subsidio en favor de los trabajadores agrarios eventuales, subsidio de emigrantes retornados y subsidio por desempleo por las personas víctimas de violencia de género o sexual. Dada la edad que refiere y su contexto personal consideramos que el subsidio por desempleo más adecuado a su situación y al que podría tener derecho sería el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Se trata de un subsidio por desempleo que además de tener una cuantía igual al 80 por ciento del IPREM mensual vigente en cada momento y cotizar por la jubilación el 125 por cien de la base mínima de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social, podrá percibirse, en base a lo dispuesto en el art. 280.6 y 272 letra d) de la LGSS, hasta el cumplimiento de la edad ordinaria exigida en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, momento en que se extinguirá. Los requisitos necesarios para acceder a este subsidio son los establecidos en el art. 280 de la LGSS: A) Encontrarte en una de las dos situaciones siguientes: Haber agotado el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad, una prestación contributiva por desempleo, en este caso, se elimina la exigencia de...
Cuando un trabajador mayor de 60 años agota su prestación por desempleo y se encuentra sin ingresos, surgen dudas sobre las opciones disponibles. ¿Es posible acceder a un subsidio? ¿Cuáles son los requisitos para una jubilación anticipada en caso de despido? Estas preguntas son clave para quienes han cesado su actividad laboral de manera involuntaria y buscan una alternativa de ingresos hasta la edad de jubilación ordinaria. A continuación, analizamos los factores determinantes en la concesión del subsidio por desempleo y los requisitos para solicitar la jubilación anticipada por causas no imputables al trabajador. La cuestión que nos plantea un lector es la siguiente: "Tengo 61 años, me despidieron por despido colectivo en diciembre de 2022, llevaba 22 años trabajando en la empresa y desde entonces no he vuelto a trabajar. La prestación contributiva por desempleo se me acabó en octubre de 2024 y ahora no me dan el subsidio por desempleo. ¿Es correcta la denegación de la prestación de subsidio por parte del SEPE? ¿Puedo acceder a una jubilación anticipada? ¿A qué edad? ¿Puedo percibir el subsidio por desempleo y jubilarme a la edad ordinaria de jubilación?" Subsidio de desempleo Con los datos que nos proporciona no podemos responder con la necesaria seguridad a algunas de las preguntas que se nos formula, pero si podemos darle algunas pautas que podrían serle útiles. En primer lugar y respecto a la pregunta sobre el subsidio por desempleo, manifestar que la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) regula distintos tipos de subsidio por desempleo: subsidio por haber agotado la prestación por desempleo; subsidio por encontrarse en situación legal de desempleo pero no tener el periodo mínimo de cotización exigido para tener derecho a la prestación por desempleo; subsidio para trabajadores mayores de cincuenta y dos años; subsidio en favor de los trabajadores agrarios eventuales, subsidio de emigrantes retornados y subsidio por desempleo por las personas víctimas de violencia de género o sexual. Dada la edad que refiere y su contexto personal consideramos que el subsidio por desempleo más adecuado a su situación y al que podría tener derecho sería el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Se trata de un subsidio por desempleo que además de tener una cuantía igual al 80 por ciento del IPREM mensual vigente en cada momento y cotizar por la jubilación el 125 por cien de la base mínima de cotización en el Régimen General de la Seguridad Social, podrá percibirse, en base a lo dispuesto en el art. 280.6 y 272 letra d) de la LGSS, hasta el cumplimiento de la edad ordinaria exigida en cada caso para causar derecho a la pensión contributiva de jubilación, momento en que se extinguirá. Los requisitos necesarios para acceder a este subsidio son los establecidos en el art. 280 de la LGSS: A) Encontrarte en una de las dos situaciones siguientes: Haber agotado el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad, una prestación contributiva por desempleo, en este caso, se elimina la exigencia de...
Publicaciones Relacionadas