¿Podría el Govern exigir saber catalán para conseguir la residencia? Esto dicen los expertos
Los expertos explican a Newtral.es las razones por las que dudan del encaje legal de la exigencia de Junts.


La portavoz de Junts en el Congreso, Miriam Nogueras, aseguró que desde su partido van a exigir que el conocimiento del catalán sea un requisito para obtener el permiso de residencia en Cataluña (min. 2:01:08) cuando se haga efectiva la delegación de competencias en migración acordada con el Gobierno. “No hay integración plena si no conoces la lengua del territorio en el que quieres vivir”, argumentó.
- La respuesta del Gobierno. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, se refirió a las declaraciones de Nogueras y aseguró que “la lengua no es un requisito para denegar un permiso, para expulsar a una persona de nuestro país, para prohibir la entrada” (min. 11:23).
- Sin embargo, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, dejó la puerta abierta al asegurar que la Constitución reconoce la cooficialidad “de otras tres lenguas”: “En la ley de extranjería se dice que se necesita también un conocimiento de las lenguas que se habla en cada uno de esos territorios” (min. 29:26).
Qué dicen los expertos. Desde Newtral.es hemos preguntado a varios expertos por la viabilidad de la exigencia de Junts de incluir el catalán como requisito para conseguir el permiso de residencia. No obstante, hay distintas interpretaciones en este ámbito.
Ignacio García Vitoria, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), aclara que lo que se va a transferir, en caso de que se apruebe la proposición de ley, son las competencias de gestión, no las legislativas. “Es decir, la Generalitat no podría cambiar la legislación de extranjería”, señala.
- Qué dice la ley de extranjería. La ley orgánica 4/2000 recoge los requisitos que una persona migrante debe presentar para obtener el permiso de residencia. El conocimiento de la lengua oficial del territorio no es uno de ellos.
- No obstante, la norma sí recoge que se desarrollarán “medidas específicas” para favorecer “el aprendizaje del conjunto de lenguas oficiales” como uno de los “factores esenciales de integración”.
- Por tanto, para que Cataluña –o cualquier otra comunidad– pudiera exigir el catalán como requisito para obtener la residencia, habría que modificar la legislación estatal.
Los informes favorables. Como explica García Vitoria, en la autorización en la renovación de residencia “cabe la posibilidad de que las comunidades autónomas emitan un informe en el que se valora el esfuerzo de integración”. En este, “se puede valorar el aprendizaje de las lenguas, normalmente mediante la participación en cursos”, aclara el experto.
- “El informe de integración que emiten las comunidades no es novedad de la iniciativa que están tramitando, sino que ya forma parte de las funciones que tienen todas las autonomías”, indica García Vitoria.
- “Estas funciones que ejercen las autonomías no son competencias de inmigración, sino de política social relacionada con la inmigración”, matiza el profesor de la UCM.
De todas formas, García Vitoria insiste en que “la concesión o no de una autorización de residencia y su renovación es una decisión que toma la Administración General del Estado”.
La constitucionalidad de la transferencia. Para exigir el catalán como requisito para obtener la residencia en Cataluña, Nogueras se ampara en el proyecto de ley que impulsarán Junts y PSOE. Este recoge, en principio, la delegación de las competencias en materia de migración a Cataluña, amparándose en el apartado dos del artículo 150 de la Constitución.
Sin embargo, para Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad del País Vasco (UPV), la ley orgánica que plantean ambas formaciones es inconstitucional y no se podrían ceder dichas competencias por varias razones:
- “La sentencia del Tribunal Constitucional de 2010 dice que de ninguna manera es posible que la competencia en materia de inmigración y extranjería se transfiera”, recuerda Tajadura, que añade que “la Constitución es terminante: esa competencia es y tiene que seguir siendo siempre del poder central”.
- Para el experto esto es lógico, ya que “el 150.2 dice que hay materias que, por su propia naturaleza, no se pueden transferir porque afectan a la soberanía del Estado, la defensa nacional, el control de fronteras, etc.”.
[Delegar o transferir competencias a las comunidades autónomas: cuál es la diferencia y qué implica]
En cualquier caso, el profesor de la UPV considera que la norma, tal y como la presentan PSOE y Junts, incluye una transferencia de las competencias de inmigración a Cataluña. “Al gestionarlas, como van a poder conceder los permisos de residencia, desde el Govern van a poder complementar o desarrollar las normas del Estado en materia de extranjería y podrán poner requisitos”, como el conocimiento del catalán.
- En otras ocasiones, los expertos indicaron a Newtral.es que una ley “deberá ser considerada constitucional hasta que no haya una sentencia del Tribunal Constitucional que diga lo contrario”.