Los jueces de Barcelona acuerdan que cortar la luz o el agua en pisos ocupados no será delito de coacciones

Sin embargo, evitan avalar los desalojos exprés sin autorización judicial.

Mar 14, 2025 - 15:59
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Los jueces de Barcelona acuerdan que cortar la luz o el agua en pisos ocupados no será delito de coacciones

Cortar la luz o el agua en las viviendas ocupadas no será considerado un delito de coacciones, según han acordado las secciones penales de la Audiencia de Barcelona, que han evitado avalar los desalojos exprés sin autorización judicial, como han hecho jueces de otras provincias.

El acuerdo es fruto de la reunión que el pasado viernes mantuvieron los magistrados de las secciones penales de la Audiencia de Barcelona para unificar sus criterios de actuación en el caso de las usurpaciones o allanamientos de viviendas.

Uno de los puntos que establece el acuerdo es que no podrá ser considerado delito de cocciones que el propietario de una finca ocupada o que haya sido objeto de allanamiento "no mantenga el alta de los suministros o el abono de los mismos".

Además, los juzgados de Barcelona no podrán archivar una denuncia por un delito leve de usurpación de vivienda sin encargar previamente a los cuerpos policiales que identifiquen a los ocupantes de la finca.

El acuerdo, que se difundirá entre todos los jueces de Barcelona, la Fiscalía y los colegios de la abogacía, se desmarca del criterio adoptado por otras audiencias provinciales que han avalado que se puedan llevar a cabo desalojos exprés de viviendas ocupadas sin autorización judicial en las primeras 24 horas del allanamiento.

Es el caso de la Audiencia de Girona, que en una resolución del pasado 22 de noviembre decidió dar luz verde a la policía para agilizar los desalojos de las viviendas ocupadas.

También los colegios de abogados de Barcelona, Málaga y Madrid presentaron el pasado mes de enero una propuesta para agilizar los desalojos de viviendas ocupadas, que exigiría reformas legislativas para que los jueces puedan acordar esa medida cautelar en el plazo de 48 horas.