La cláusula que propietarios deben incluir en el contrato para evitar a los okupas, según un abogado
El letrado también aconseja contratar un seguro de impago que cubra el máximo de mensualidades posible.

Las okupaciones son el temor de muchos propietarios en España. Ante esta situación, el abogado Andrés Millán ha revelado -a través de su cuenta de TikTok- la cláusula que los dueños de viviendas deben incluir en los contratos de arrendamiento para protegerse. Según ha indicado el letrado, los propietarios deberían añadir una cláusula "que diga claramente que si el inquilino te deja de pagar, su nombre puede acabar en un fichero de morosos".
"La mayoría de okupas y morosos reincidentes van a huir de todo esto. No quieren que les afecte en futuros alquileres o préstamos. Si un candidato se niega ya de primeras a firmas esta cláusula, mala señal, mejor evitar líos desde el principio", indica en un vídeo que ya se ha vuelto viral.
Pero esta no es la única medida de protección ante impagos y okupas. En el vídeo, Millán también ofrece otras alternativas a los propietarios que les ayudarían a protegerse ante el riesgo de impagos y okupaciones. Entre ellas destaca la contratación de un seguro de impago.
"Es importante que cubra el máximo de mensualidades posible. Recuerda que se tardan muchos meses en ir a juicio. Y que te lo pague la aseguradora desde el primer impago. Piensa que esto también presiona a la aseguradora para tener prisa por echar al moroso", sostiene el letrado.
Millán recomienda, asimismo, llegar a un acuerdo con el inquilino para que se vaya en caso de que el propietario ya tenga problemas con él. "Normalmente, esto implica perdonarle parte o toda la deuda. Duele pero sale más barato que abogados y meses de juicios. Lo que yo personalmente no haría es pagarle para que se vaya, salvo que sea una cantidad mínima y compense. No aceptéis condiciones absurdas".
En caso de que todo falle, el propietario tendrá que mandarle un correo reclamándole la deuda y en caso de que no responda se le enviará un burofax. Pero en caso de que continúe negándose a cumplir con sus obligaciones solo quedará ir a juicio. "Si no paga, solo queda demandarle otra vez para embargarle bienes o cuentas. ¿Qué pasa si tiene dinero? Pues que lo vas a recuperar con intereses o si no olvídate", finaliza.