La Anmat prohibió la venta de un combo de especias por estar falsamente rotulado y sin registros sanitarios
Se detectó que el producto era comercializado con números de habilitación inexistentes; la administración lo estableció en el Boletín Oficial

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de la línea de especias “Rocío” por carecer de registros sanitarios y presentar un rotulado falso, con datos inexistentes. La medida fue publicada en el Boletín Oficial, a través de la Disposición 2349/2025.
La prohibición se determinó tras una investigación iniciada por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) a partir de una denuncia en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA), dentro del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA). En un procedimiento de control se detectó la comercialización del producto y se tomó una muestra para su análisis. Al verificar los datos del rótulo, se comprobó que ni el Registro Nacional de Establecimiento ni el Registro Nacional de Productos Alimenticios existían en las bases oficiales.
El producto incluía laurel, romero, albahaca, pimienta blanca y negra, y nuez moscada, fue elaborado en febrero de 2022 y tenía vencimiento para el mismo mes de 2025. En su etiquetado figuraba como producido en la ciudad de Córdoba, sin embargo, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia advirtió que no se registran establecimientos habilitados en esa dirección.
En el curso de la investigación, la ASSAL elevó consultas a organismos sanitarios de otras provincias. La División de Alimentos, Agua y Laboratorio de Misiones confirmó que los registros consignados en el envase eran inexistentes y, posteriormente, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) consultó a la autoridad cordobesa, que ratificó la ausencia de cualquier registro vinculado a la firma o dirección declaradas.
Frente a estos hallazgos, el INAL calificó al producto como ilegal, en infracción con el Código Alimentario Argentino por carecer de trazabilidad, condiciones adecuadas de elaboración y control sanitario. También infringe artículos que impiden la comercialización de productos alimenticios no identificables de forma clara como elaborados o fraccionados en un establecimiento habilitado.
La ANMAT argumentó que, ante la imposibilidad de verificar el origen, condiciones de producción e inocuidad de estos alimentos, corresponde aplicar la prohibición de venta en todo el territorio argentino. El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó la medida, que abarca también a cualquier otro producto que contenga los mismos números de registro falsificados en su etiquetado.
En paralelo, se notificó a las autoridades sanitarias de todas las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también a los responsables de sumarios administrativos y a las plataformas digitales de venta, para impedir la circulación del producto en mercados físicos y en línea. El objetivo de la medida, según se indicó en la disposición, es evitar el consumo de alimentos que no pueden asegurar un proceso productivo dentro de los parámetros establecidos por la normativa vigente.