El Tribunal Superior de Justicia de Valencia rechaza nuevamente imputar a Mazón por su gestión de la dana
La Sala considera que los indicios ofrecidos resultan “insuficientes e infundados en orden a aplicar las normas de competencia asociadas a la prerrogativa de aforamiento”.


El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha rechazado de nuevo imputar al presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, por su gestión de la dana. La Sala considera que los indicios son “insuficientes e infundados” para “imputar estos hechos a la persona aforada y asumir así la competencia especial” del caso.
- El TSJCV ya rechazó en diciembre las querellas y denuncias interpuestas contra Mazón, que cuenta con la condición de aforado.
Sobre la resolución. El TSJCV ha desestimado los dos recursos de súplica interpuestos contra el auto previo en el que se acordó la inadmisión de las querellas y denuncias impuestas contra el presidente de la Generalitat.
- En esta nueva resolución, la Sala considera que los indicios ofrecidos resultan “insuficientes e infundados en orden a aplicar las normas de competencia asociadas a la prerrogativa de aforamiento”.
- Los magistrados destacan que no se puede descartar “absolutamente el carácter delictivo de todos y cada uno de los hechos mencionados en las querellas y denuncias presentadas”.
- Sin embargo, se amparan “en la ausencia de indicios suficientes para imputar estos hechos a la persona aforada” para rechazar las querellas y denuncias contra Carlos Mazón.
Contexto. La Fiscalía Superior de la Comunidad Valenciana había enviado un escrito al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el que pedía investigar penalmente a Carlos Mazón por la gestión de una dana por la que fallecieron 224 personas en la Comunitat Valenciana.
- La solicitud para investigarlo se basaba en siete querellas y denuncias contra él y otros miembros del Gobierno valenciano por su gestión del 29 de octubre, día en el que se produjo la dana.
- Se acusaba a Mazón de presuntos delitos de prevaricación, de lesiones y homicidios imprudentes, omisión del deber de socorro, daños imprudentes y contra los derechos de los trabajadores.
- Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana