Alvise Pérez, condenado a indemnizar con 60.000€ a Ábalos por publicar fotos de su intimidad en redes
Las imágenes iban acompañadas de un texto: "¿Qué opinarías de la salud mental de un Ministro que...?"

El Juzgado de Primera Instancia número 103 de Madrid ha condenado el líder de Se Acabó La Fiesta (SALF), el eurodiputado Luis Alvise Pérez, a indemnizar al exministro de Transportes José Luis Ábalos con 60.000 euros. El motivo, haber publicado en su perfil de Twitter fotografías que supusieron "una intromisión ilegítima en sus derechos a la intimidad personal y familiar".
Así consta en una sentencia en la que la magistrada María Ángeles Martín explica que Ábalos presentó la demanda solicitando tutela del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen después de que Alvise difundiera en su cuenta en enero de 2021 dos fotografías suyas en las que se le podía ver en su terraza.
Las imágenes iban acompañadas de un texto que rezaba: "¿Qué opinarías de la salud mental de un Ministro que se pasa toda la tarde mirando fijamente un par de pájaros enjaulados?". Estas fotografías, según la sentencia, estuvieron dos días en la red social y, según Ábalos, en la actualidad pueden seguir siendo observadas aun cuando han sido borradas de la cuenta del demandado.
Ábalos resaltaba en su demanda que para su publicación "no se solicitó consentimiento" y en las mismas se le veía en su "terraza de su domicilio particular". Añadía que con el texto se había vulnerado el derecho al honor "dado su tono despectivo e insultante". Lamentaba, además, que esa publicación se había recogido en varios medios de comunicación.
Los argumentos de Alvise
Ante esa demanda, la defensa del eurodiputado respondió que no era cierto que él hubiera realizado esas fotografías que publicó, dado que le llegaron de "de una fuente anónima, un vecino de la urbanización quien las había realizado con su propio teléfono móvil".
Relataba que no se utilizó ningún medio invasivo o artificio específico para obtener fotografías en el recinto privado de una vivienda y que las imágenes fueron tomadas en el exterior de la misma y no en el interior, siendo ministro la persona fotografiada. Sumaba a esto que la publicación estuvo pocas horas hasta su retirada y que no era responsable de lo que hubieran publicado los medios de comunicación posteriormente.
La magistrada, en su auto, indica que es "notorio" que en el momento de realizarse las fotografías Ábalos era una persona de relevancia pública, y que si bien el eurodiputado sostiene que no realizo las fotografías, "no se ha acreditado con una prueba pericial" qué tipo de dispositivo se usó.
Añade que "lo que es un hecho no controvertido es que el demandado las publicó y una vez publicadas se pierde el control sobre la información. Y así, del examen de la prueba documental aportada queda acreditado que en el Twitter del demandado se publicó el texto".
"Dentro del ámbito privado"
Suma a esto que el hecho de que estuviera pocas horas en su Twitter "no resta importancia a la intromisión ilegítima", dado que "estuvo el tiempo suficiente para que otros medios de comunicación se hicieran eco de la publicación y la reprodujeran en diferentes medios".
"En este punto debemos traer a colación la expresión: La causa de la causa es la causa de lo causado. Es decir, el demandado es responsable de las consecuencias de la publicación de las fotografías y de las expresiones que constan en el texto", subraya.
A esto añade que las fotografías se realizan dentro del ámbito privado de Ábalos, como es la terraza de su domicilio particular, "siendo ajenas totalmente a su función pública". Además, no consta que las fotografías se realizaran con el consentimiento del demandante, "quien en todo momento aparece ajeno a la posibilidad de que pudiera ser fotografiado".
Al margen, dice, estas fotografías "no tienen ningún interés ni relevancia pública, constituyendo una intromisión ilegítima en la intimidad del demandante injustificable al estar tomadas en el ámbito estrictamente privado". La magistrada resalta sobre el texto que "no queda la menor duda" de que Alvise sugiere que Ábalos "adolece de salud mental por estar mirando o a unos pájaros o plantas o lo que estimase oportuno en ese momento".
"Esta frase es sumamente vejatoria al poner en duda no solo su capacidad mental, sino su profesionalidad como Ministro de España y, por tanto, su prestigio y reputación, atentando, por ello, contra su fama y honor. Al margen de que la expresión: 'No os tememos mafiosos', se publica con la intención de insultar o menospreciar al demandante", añade.
Además de la indemnización, la magistrada subraya que se han ocasionado "graves daños morales" a Ábalos y por tanto obliga al líder de Se acabó la Fiesta a que "realice cuantas actuaciones sean necesarias para que se supriman de su cuenta Twitter y de los buscadores de Internet las fotografías y el texto objeto de la demanda". Le condena, además, a que en el futuro se abstenga de realizar actos semejantes referidos al exministro.
"¡Seguiremos luchando!"
Poco después de que se hiciera pública la sentencia, el exministro ha reaccionado con un mensaje en su perfil de la red social X. "Tras años esperando, finalmente la justicia ratifica la condena al Sr. Alvise Pérez", ha espetado.
"Cuesta mucho conseguir que la justicia se abra paso y que los derechos estén garantizados, pero aunque los costes personales sean tan altos, merece la pena ser constante para combatir tanta impunidad, tantas mentiras y tantas difamaciones. ¡Seguiremos luchando!", ha concluido el