Adiós a la pensión de viudedad: los jubilados que no cumplan estos requisitos dejarán de cobrarla

Hay una serie de condiciones que pueden suponer la extinción de la prestación.

Mar 11, 2025 - 09:55
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Adiós a la pensión de viudedad: los jubilados que no cumplan estos requisitos dejarán de cobrarla

La pensión de viudedad es una ayuda económica dirigida a aquellas personas que se quedan viudas como consecuencia del fallecimiento de su acompañante, cuando han mantenido con ellos una relación matrimonial o como pareja de hecho, siempre y cuando cumplan unos requisitos.

Al igual que la pensión de jubilación, la pensión de viudedad se ha revalorizado este 2025 en un 2,8% respecto del año pasado: su cuantía depende de muchos factores, como las cargas familiares, la edad, si hay un grado de discapacidad...

Sin embargo, también hay una serie de condiciones que pueden suponer la extinción de la prestación, según informa la Seguridad Social en su página web.

Los motivos por los que se retira la pensión de viudedad

  • Contraer un nuevo matrimonio o constituir una pareja de hecho: la persona viuda que vuelva a casarse o a vivir en pareja dejará de recibir la prestación, salvo que esta sea su única fuente de ingresos, sea pensionista de incapacidad permanente mayor de 61 años, o la nueva pareja no supere unos requisitos de renta.
  • Por declaración, en sentencia firme, de culpabilidad en la muerte del causante.
  • Por fallecimiento del perceptor.
  • Si se demuestra que el fallecimiento del cónyuge no ocurrió en las circunstancias declaradas.
  • Por condena judicial por la comisión de un delito doloso de homicidio o de lesiones, cuando la víctima de los mismos fuera la causante de la pensión.