Se podrá pagar con tarjeta o Bizum si te sale a ingresar la declaración de la renta 2024
Es una de las novedades de la campaña de renta 2024 que arranca el próximo 2 de abril y termina el 30 de junio.


Una de las novedades de la campaña de renta 2024 que arranca el próximo 2 de abril y termina el 30 de junio, es que este año se podrá pagar con tarjeta o Bizum.
En caso de que la declaración de la renta 2024 resulte a ingresar, este año se incorporan como novedad:
- El pago mediante tarjeta de crédito o débito, en condiciones de comercio electrónico seguro.
- El pago mediante transferencias instantáneas efectuadas a través plataformas de comercio electrónico seguro (como por ejemplo Bizum).
Así lo indica la orden publicada por Hacienda en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este viernes.
Se mantienen los medios de pago tradicionales:
- Domiciliación bancaria. Esta podrá realizarse desde el día 2 de abril hasta el 25 de junio de 2025, ambos inclusive. Aunque si se fracciona el pago y se opta por domiciliar únicamente el segundo plazo del IRPF, se podrá hacer hasta el 30 de junio de 2025, inclusive.
- Pago mediante cargo en cuenta.
- Número de referencia completo (NRC).
- Documento de ingreso (que se deberá imprimir y permite efectuar el pago en una entidad colaboradora dentro del plazo establecido).
Además, el contribuyente también podrá elegir otro tipo de modalidades de pago que enumera el artículo 12 de la orden de Hacienda publicada este viernes.
- Cuando el contribuyente no disponga de cuenta abierta en ninguna entidad de crédito que actúe como colaboradora de la Agencia Tributaria, el pago podrá efectuarse mediante transferencia bancaria.
Si el resultado de la declaración es a devolver. El contribuyente podrá solicitar la devolución por transferencia, renunciar a la devolución a favor del Tesoro Público o solicitar la devolución por transferencia a través de una entidad financiera establecida en el extranjero.
Se puede fraccionar el pago de la renta 2024. Además, los contribuyentes pueden fraccionar, sin interés ni recargo alguno, el importe de la deuda tributaria resultante de su declaración de IRPF en dos partes: la primera del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda del 40% restante, hasta el 5 de noviembre de 2025, inclusive.
Recuerda. Desde el próximo 2 de abril se podrán acceder al borrador de renta 2024, modificarlo y tramitarlo para presentar la declaración vía web o vía app.
¿Quién debe presentar la declaración de la renta 2024? Aquí te explicamos los límites de renta para este año y los perfiles que deben presentarla sí o sí, independientemente de sus ingresos.