La juez de la DANA rechaza citar a Mazón como testigo y le ofrece ir voluntariamente como investigado

La juez de Catarroja (Valencia) que instruye la causa por la gestión de la DANA ha vuelto a denegar la solicitud de una acusación particular de recibir declaración como testigo al 'president' de la Generalitat, Carlos Mazón, tal y como rechazó en una resolución anterior, sin perjuicio de que él mismo pudiera solicitarlo como investigado, algo que, según precisa, se le ha ofrecido y ha declinado. La magistrada ha dictado seis autos y una providencia que han sido notificados este lunes, tal como ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). En el primero de los autos, la instructora deniega la solicitud de una acusación particular de que Mazón testifique. Argumenta la juez, citando al Estatuto de Autonomía y diversa normativa, que el Consell es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la Comunitat Valenciana. Asimismo, a la Conselleria competente en materia de protección civil le corresponde ejercer el Mando Único de la emergencia dirigiendo los planes de protección civil. En concreto, se refiere a la Ley Valenciana de Protección Civil y Gestión de Emergencias, que en su artículo 4 que reconoce el derecho de los ciudadanos a ser informados sobre los riesgos colectivos graves que puedan afectarles y sobre las actuaciones previstas para hacerles frente y a recibir información e instrucciones sobre las medidas de seguridad a adoptar y la conducta a seguir. "La atribución de dichas funciones a la administración autonómica, y, por ende, a los cargos y autoridades que ejercían sus funciones, los convierte en garantes de que no se produjeran los fallecimientos referidos. Ello es así porque las medidas en el ámbito de la protección civil, de simple autoprotección, la comunicación a los posibles afectados que se encontraban en una situación de altísimo riesgo, se debieron adoptar por el mando único", señala. Recuerda que la solicitud de declaración del president de Generalitat anterior, "ya fue resuelta en una previa resolución, que establecía que sólo podría declarar como investigado, no como testigo, a la vista de las querellas, denuncias que se han formulado contra el mismo en relación con los hechos objeto de la investigación". Aquí comenta que la fundamentación por parte de la acusación particular de la declaración testifical se basa en la aplicación de la Ley de Protección Civil y Gestión de Emergencias, el cual establece que cuando la situación de peligro o los daños ocurridos por su especial extensión o intensidad particularmente graves, y en tanto no sea declarado por el Estado el interés nacional o uno de los estados previstos en el artículo 116 de la Constitución, el president de la Generalitat podrá declarar la situación de emergencia catastrófica. "Precisamente -argumenta la juez- la cita de dicho precepto como fundamento de la citada declaración, no hace sino confirmar la imposibilidad de su declaración en calidad de testigo. La declaración de situación de emergencia catastrófica corresponde al president, la asunción del mando único, caso de haberse acordado, hubiera pasado al President, así como la estructura...

Abr 7, 2025 - 16:42
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La juez de la DANA rechaza citar a Mazón como testigo y le ofrece ir voluntariamente como investigado
La juez de Catarroja (Valencia) que instruye la causa por la gestión de la DANA ha vuelto a denegar la solicitud de una acusación particular de recibir declaración como testigo al 'president' de la Generalitat, Carlos Mazón, tal y como rechazó en una resolución anterior, sin perjuicio de que él mismo pudiera solicitarlo como investigado, algo que, según precisa, se le ha ofrecido y ha declinado. La magistrada ha dictado seis autos y una providencia que han sido notificados este lunes, tal como ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV). En el primero de los autos, la instructora deniega la solicitud de una acusación particular de que Mazón testifique. Argumenta la juez, citando al Estatuto de Autonomía y diversa normativa, que el Consell es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la Comunitat Valenciana. Asimismo, a la Conselleria competente en materia de protección civil le corresponde ejercer el Mando Único de la emergencia dirigiendo los planes de protección civil. En concreto, se refiere a la Ley Valenciana de Protección Civil y Gestión de Emergencias, que en su artículo 4 que reconoce el derecho de los ciudadanos a ser informados sobre los riesgos colectivos graves que puedan afectarles y sobre las actuaciones previstas para hacerles frente y a recibir información e instrucciones sobre las medidas de seguridad a adoptar y la conducta a seguir. "La atribución de dichas funciones a la administración autonómica, y, por ende, a los cargos y autoridades que ejercían sus funciones, los convierte en garantes de que no se produjeran los fallecimientos referidos. Ello es así porque las medidas en el ámbito de la protección civil, de simple autoprotección, la comunicación a los posibles afectados que se encontraban en una situación de altísimo riesgo, se debieron adoptar por el mando único", señala. Recuerda que la solicitud de declaración del president de Generalitat anterior, "ya fue resuelta en una previa resolución, que establecía que sólo podría declarar como investigado, no como testigo, a la vista de las querellas, denuncias que se han formulado contra el mismo en relación con los hechos objeto de la investigación". Aquí comenta que la fundamentación por parte de la acusación particular de la declaración testifical se basa en la aplicación de la Ley de Protección Civil y Gestión de Emergencias, el cual establece que cuando la situación de peligro o los daños ocurridos por su especial extensión o intensidad particularmente graves, y en tanto no sea declarado por el Estado el interés nacional o uno de los estados previstos en el artículo 116 de la Constitución, el president de la Generalitat podrá declarar la situación de emergencia catastrófica. "Precisamente -argumenta la juez- la cita de dicho precepto como fundamento de la citada declaración, no hace sino confirmar la imposibilidad de su declaración en calidad de testigo. La declaración de situación de emergencia catastrófica corresponde al president, la asunción del mando único, caso de haberse acordado, hubiera pasado al President, así como la estructura...