El juez Peinado impone una multa diez veces mayor al abogado de Begoña Gómez que a Vox y HazteOír por lo mismo

Juan Carlos Peinado vuelve a la carga. El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid que instruye la causa contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, ha optado por el camino de las multas a las acusaciones populares. También al letrado de la mujer de Pedro Sánchez, Antonio Camacho, por declaraciones a la prensa sobre la investigación en curso. El motivo de la sanción a sendas partes es absolutamente el mismo, lo cual genera sorpresa al observar la cuantía de las multas, pues para Vox y HazteOír el importe es diez veces menor que la impuesta al abogado de Gómez, según consta en un auto adelantado por El Independiente y al que ha tenido acceso ElPlural.com. En la resolución, Peinado estipula que la sanción para el abogado de Begoña Gómez asciende a 5.000 euros, mientras que la fijada para las acusaciones populares de Vox y HazteOír se limita a una multa de apenas 500 euros. El instructor ha cotejado varios visionados del día de la declaración de la esposa del presidente del Gobierno, cuando diversos representantes de las acusaciones, así como el propio Camacho, comparecieron ante los medios de comunicación para valorar la jornada. Así las cosas, recoge en el auto que "en las grabaciones se observa con carácter general, en todas ellas, que el letrado señor Camacho expone con detalle lo manifestado por la investigada, contestando a las preguntas que le ha formulado dicho letrado, y añadiendo su percepción subjetiva del curso de la instrucción". A ojos del magistrado, Camacho habría vulnerado el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que determina la obligación de los abogados a guardar reserva sobre lo que se instruye "al exponer, casi literalmente, lo declarado a sus preguntas". En el caso de las acusaciones populares, los letrados Luis María Pérez-Roldán (HazteOír) y Marta Castro (Vox), el juez Peinado expone que el visionado ha sido "inútil" y "superfluo", aunque ellos mismos admiten haber hecho declaraciones ante los periodistas. Sin embargo, justifican que lo hicieron como respuesta a la versión de Camacho, aunque también supone una violación de la ley. Pese a ello, el magistrado da por buenas las justificaciones de sendos letrados al entender que "atempera la infracción". Ataques a Camacho Este proceso forma parte de una pieza separada que el magistrado abrió en diciembre de 2024, a tenor de las manifestaciones ante los periodistas de los letrados que estuvieron en la sala. A ojos del juez Peinado se trata de una "conducta reiterada" de la que ya les había advertido y, a pesar de sus avisos, se volvió a producir el día en el que la esposa de Pedro Sánchez acudió al juzgado por segunda vez para prestar declaración. Del auto se desprenden una serie de ataques contra el abogado de la defensa. Especifica el magistrado que Camacho no puso ningún interés en estas diligencias paralelas. "Tras haber concluido sobradamente que se otorgó y con total desinterés o huérfano de argumentos para exponer en la presente pieza separada"...

Abr 16, 2025 - 10:07
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El juez Peinado impone una multa diez veces mayor al abogado de Begoña Gómez que a Vox y HazteOír por lo mismo
Juan Carlos Peinado vuelve a la carga. El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid que instruye la causa contra la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, ha optado por el camino de las multas a las acusaciones populares. También al letrado de la mujer de Pedro Sánchez, Antonio Camacho, por declaraciones a la prensa sobre la investigación en curso. El motivo de la sanción a sendas partes es absolutamente el mismo, lo cual genera sorpresa al observar la cuantía de las multas, pues para Vox y HazteOír el importe es diez veces menor que la impuesta al abogado de Gómez, según consta en un auto adelantado por El Independiente y al que ha tenido acceso ElPlural.com. En la resolución, Peinado estipula que la sanción para el abogado de Begoña Gómez asciende a 5.000 euros, mientras que la fijada para las acusaciones populares de Vox y HazteOír se limita a una multa de apenas 500 euros. El instructor ha cotejado varios visionados del día de la declaración de la esposa del presidente del Gobierno, cuando diversos representantes de las acusaciones, así como el propio Camacho, comparecieron ante los medios de comunicación para valorar la jornada. Así las cosas, recoge en el auto que "en las grabaciones se observa con carácter general, en todas ellas, que el letrado señor Camacho expone con detalle lo manifestado por la investigada, contestando a las preguntas que le ha formulado dicho letrado, y añadiendo su percepción subjetiva del curso de la instrucción". A ojos del magistrado, Camacho habría vulnerado el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que determina la obligación de los abogados a guardar reserva sobre lo que se instruye "al exponer, casi literalmente, lo declarado a sus preguntas". En el caso de las acusaciones populares, los letrados Luis María Pérez-Roldán (HazteOír) y Marta Castro (Vox), el juez Peinado expone que el visionado ha sido "inútil" y "superfluo", aunque ellos mismos admiten haber hecho declaraciones ante los periodistas. Sin embargo, justifican que lo hicieron como respuesta a la versión de Camacho, aunque también supone una violación de la ley. Pese a ello, el magistrado da por buenas las justificaciones de sendos letrados al entender que "atempera la infracción". Ataques a Camacho Este proceso forma parte de una pieza separada que el magistrado abrió en diciembre de 2024, a tenor de las manifestaciones ante los periodistas de los letrados que estuvieron en la sala. A ojos del juez Peinado se trata de una "conducta reiterada" de la que ya les había advertido y, a pesar de sus avisos, se volvió a producir el día en el que la esposa de Pedro Sánchez acudió al juzgado por segunda vez para prestar declaración. Del auto se desprenden una serie de ataques contra el abogado de la defensa. Especifica el magistrado que Camacho no puso ningún interés en estas diligencias paralelas. "Tras haber concluido sobradamente que se otorgó y con total desinterés o huérfano de argumentos para exponer en la presente pieza separada"...