Condenan a un boliviano a tres años de prisión por violar a la 'conocida' de un amigo en Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha condenado a tres años de prisión a Eddy R.M.Q., un varón de origen boliviano con residencia en España y sin antecedentes penales, por un delito de abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal cometido al penetrar en el domicilio de su propia pareja sentimental a una mujer con la que un 'conocido' suyo acababa de tener sexo consentido , aprovechando que ella tenía «mermadas sus facultades, con pérdida de sentido, como consecuencia de hallarse en un profundo estado de somnolencia por la previa ingesta de alcohol». En una sentencia emitida el pasado 31 de enero y recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declara probado, por expreso reconocimiento del acusado fruto de un acuerdo de conformidad entre las partes del procedimiento judicial , que el 18 de julio de 2021 la mujer víctima de los hechos salió a divertirse con una amiga suya, un amigo y 'un conocido' de este último, es decir, el acusado. En este sentido, según el relato de los hechos probados y aceptados por el inculpado, sobre las 2,00 horas de la madrugada del día siguiente, después de haber estado consumiendo alcohol, la víctima, su amigo y el acusado se marcharon a un domicilio del que el inculpado tenía las llaves, ya que la responsable de la vivienda era su pareja sentimental. De este modo, cuando llegaron a la vivienda de la pareja del encartado, según el relato de los hechos probados, la víctima y su amigo - conocido de del acusado- accedieron a una de las habitaciones y mantuvieron relaciones sexuales consentidas, quedándose dormidos sin desvestirse. Sin embargo, sobre las 6,00 horas, el varón amigo de la víctima abandonó el domicilio, momento en el que el acusado aprovechó para acceder a la habitación en la que ella seguía dormida. En dicha estancia, según el relato de hechos probados y reconocidos por el inculpado, el mismo, « c on evidente ánimo de satisfacer sus deseo s libidinosos, la desvistió de cintura para abajo y procedió a penetrarla por vía vaginal, sin que la mencionada pudiera reaccionar debido a la merma de sus facultades, con pérdida de sentido, como consecuencia de hallarse en un profundo estado de somnolencia por la previa ingesta de alcohol ». Dado el caso, y por expresa conformidad del acusado, la Sección Tercera de la Audiencia le declara autor de un delito de abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal, con las atenuantes de embriaguez y de reparación del daño, imponiéndole tres años de prisión, cinco años de libertad vigilada post penitenciaria, cuatro años de prohibición de comunicarse con la víctima o acercarse a ella y la obligación de indemnizarla con 3.000 euros.

Feb 11, 2025 - 12:47
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Condenan a un boliviano a tres años de prisión por violar a la 'conocida' de un amigo en Sevilla
La Audiencia de Sevilla ha condenado a tres años de prisión a Eddy R.M.Q., un varón de origen boliviano con residencia en España y sin antecedentes penales, por un delito de abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal cometido al penetrar en el domicilio de su propia pareja sentimental a una mujer con la que un 'conocido' suyo acababa de tener sexo consentido , aprovechando que ella tenía «mermadas sus facultades, con pérdida de sentido, como consecuencia de hallarse en un profundo estado de somnolencia por la previa ingesta de alcohol». En una sentencia emitida el pasado 31 de enero y recogida por Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declara probado, por expreso reconocimiento del acusado fruto de un acuerdo de conformidad entre las partes del procedimiento judicial , que el 18 de julio de 2021 la mujer víctima de los hechos salió a divertirse con una amiga suya, un amigo y 'un conocido' de este último, es decir, el acusado. En este sentido, según el relato de los hechos probados y aceptados por el inculpado, sobre las 2,00 horas de la madrugada del día siguiente, después de haber estado consumiendo alcohol, la víctima, su amigo y el acusado se marcharon a un domicilio del que el inculpado tenía las llaves, ya que la responsable de la vivienda era su pareja sentimental. De este modo, cuando llegaron a la vivienda de la pareja del encartado, según el relato de los hechos probados, la víctima y su amigo - conocido de del acusado- accedieron a una de las habitaciones y mantuvieron relaciones sexuales consentidas, quedándose dormidos sin desvestirse. Sin embargo, sobre las 6,00 horas, el varón amigo de la víctima abandonó el domicilio, momento en el que el acusado aprovechó para acceder a la habitación en la que ella seguía dormida. En dicha estancia, según el relato de hechos probados y reconocidos por el inculpado, el mismo, « c on evidente ánimo de satisfacer sus deseo s libidinosos, la desvistió de cintura para abajo y procedió a penetrarla por vía vaginal, sin que la mencionada pudiera reaccionar debido a la merma de sus facultades, con pérdida de sentido, como consecuencia de hallarse en un profundo estado de somnolencia por la previa ingesta de alcohol ». Dado el caso, y por expresa conformidad del acusado, la Sección Tercera de la Audiencia le declara autor de un delito de abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal, con las atenuantes de embriaguez y de reparación del daño, imponiéndole tres años de prisión, cinco años de libertad vigilada post penitenciaria, cuatro años de prohibición de comunicarse con la víctima o acercarse a ella y la obligación de indemnizarla con 3.000 euros.