Calendario del contribuyente 2025: Todas las fechas e impuestos a tener en cuenta

Descubre el calendario fiscal 2025 con fechas clave y novedades tributarias. Prepárate para cumplir con Hacienda sin sobresaltos. The post Calendario del contribuyente 2025: Todas las fechas e impuestos a tener en cuenta appeared first on Sage Advice España.

Feb 28, 2025 - 23:05
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Calendario del contribuyente 2025: Todas las fechas e impuestos a tener en cuenta

En este artículo con contenido actualizado, encontrarás el calendario fiscal 2025 con todas las fechas clave y novedades tributarias. Descubre qué impuestos debes presentar cada mes y los cambios fiscales que podrían afectarte.

  • La campaña de la Renta 2024 se presenta en 2025 y estará disponible del 2 de abril al 30 de junio.
  • Novedades fiscales en 2025:
    • Implementación del software certificado antifraude.
    • Reglamento para la factura electrónica B2B.
    • Cambios en el régimen de módulos y en la posible franquicia del IVA.

El calendario del contribuyente 2025 es una guía esencial para que pymes, autónomos y asesores fiscales gestionen sus obligaciones con Hacienda de manera eficiente.

Algunos de sus principales beneficios son:

  • Ayuda a planificar la presentación de impuestos, facturas y nóminas.
  • Permite cumplir con obligaciones fiscales sin retrasos ni sanciones.
  • Mejora la organización y la colaboración entre asesores y empresas.

Un asesor fiscal puede optimizar su trabajo si integra el calendario dentro del flujo de gestión contable de sus clientes. Esto facilita la presentación de impuestos, el control de documentos y la previsión de pagos.

COMPARTE ¿Sabes cuándo debes presentar cada impuesto? Descubre el calendario fiscal 2025 con todas las fechas clave para autónomos y empresas.

Novedades fiscales del calendario del contribuyente 2025

Entre las novedades fiscales que encontraremos en el calendario del contribuyente para 2025, podemos destacar tres:

  • La reforma del software antifraude sigue su curso. Los productores y comercializadores deberán tener adaptadas sus soluciones antes del 29 de julio. Incluso Verifactu podría dar sus primeros pasos. En todo caso, parece que va a haber una reforma del reglamento Verifactu que retrase, para los empresarios o profesionales usuarios, la obligación de emplear software certificado hasta 2026.
  • En facturación electrónica B2B, estaremos atentos a la publicación del reglamento. Marcará requisitos y fechas.
  • También se sigue pendiente del futuro del sistema de módulos y del régimen de franquicia del IVA. Ambos son importantes para los emprendedores de menor tamaño. En el caso del régimen de módulos, se siguen prorrogando los límites antiguos, pero es probable que se hable de cómo debe quedar en el futuro. Con respecto al sistema de franquicia del IVA, las negociaciones todavía no han dado fruto.

Fechas importantes en el calendario del contribuyente 2025

El año completo es como un itinerario en el que hay que marcar paradas intermedias. Cada mes, hay que cubrir diferentes obligaciones para las que asesores y clientes deben estar en perfecta armonía.

Enero, inicio del calendario fiscal 2025

Hasta el día 20, se podrán presentar varios modelos sobre retenciones que la mayoría de pymes y autónomos presentan trimestralmente y las grandes empresas mensualmente:

  • De carácter más general, tenemos el modelo 111, que incluye las retenciones de los trabajadores, entre otras rentas.
  • El modelo 115 se relaciona con arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles urbanos.
  • Las retenciones de determinados rendimientos del capital mobiliario, incluidos los dividendos, se declaran a través del modelo 123.

El día 30 es una segunda fecha trascendente en el calendario del contribuyente. Destacan las siguientes presentaciones:

  • Modelos del IVA, como el 303 (autoliquidación), 390 (resumen anual), 349 (recapitulativo de operaciones intracomunitarias).
  • Los modelos 130 y 131 (de pagos fraccionados de IRPF).

Además, el día 31 también es fecha límite para modelos como:

  • Los modelos 180 y 190 (ambos resúmenes anuales), que afectan al IRPF y sociedades.
  • La declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas, a través del modelo 184.

Febrero, modelo 347

En febrero, tenemos un gran protagonista: el modelo 347, que puede presentarse hasta el día 28. Se trata de una declaración informativa en la que se declaran todas las personas físicas o jurídicas con las que se hayan hecho operaciones durante el ejercicio anterior por importe superior a 3.005,06 euros. 

También se presenta en febrero la opción o renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados del impuesto sobre Sociedades sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural. Lo haremos a través de una declaración censal (modelo 036). El plazo también vence el día 28 de febrero.

Abril, toca declaración de la Renta

Abril es ya el mes en el que comienza la presentación de la declaración de la Renta. Este año 2025:

  • La campaña comienza el día 2. Desde entonces, se podrá cumplimentar el modelo 100 por internet
  • El plazo vencerá el 30 de junio
  • Si da a ingresar y se domicilia el pago, la fecha tope será el 25 de junio

Además, hasta el día 21 de abril (en 2025, el 20 es domingo) tienes como límite para presentar:

  • Los modelos 111 y 115 del primer trimestre de 2020.
  • El modelo 303 (si realiza la presentación trimestral).
  • Los modelos 349, 130, 131 y 202. 

Hay, por tanto, una acumulación de trabajo significativa. Por otro lado, los que están en el SII presentan el modelo 303 el día 30.

En abril comienza el periodo para presentar la declaración de la Renta y los asesores deben disponer con antelación de toda la información para evitar sobresaltos posteriores a sus clientes.

Mayo y junio, modelo 100

En mayo, ya se podrán presentar las declaraciones del modelo 100 a través de entidades colaboradoras y oficinas de la AEAT. Como hemos comentado, si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, el plazo expira el 25 de junio. El 30 de junio finaliza el plazo de presentación de las declaraciones de la renta y patrimonio.

Aunque ya haya sido presentada, los errores en la declaración de la Renta tienen solución.

Julio, las cuentas anuales

Julio vuelve a ser otro mes de presentación de obligaciones trimestrales e, incluso, anuales. Se tienen que presentar:

  • Con el 21 de julio como fecha límite, los modelos 111 y 115, el 130 y 131 o los modelos 303 (salvo los sujetos del SII, que tendrán hasta el 30 de julio) y 349. Normalmente, la fecha tope es el 20, pero cae en domingo en 2025 y, por eso, se produce el traslado.
  • Hasta el día 25, tendrás la declaración del impuesto sobre sociedades con el modelo 200, siempre que el período impositivo coincida con el año natural. Esto es debido a que ha de presentarse en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio.
  • Finalmente, el día 30 finaliza el plazo para depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Esta fecha es la resultante de sumar un mes a la del límite para celebrar junta general ordinaria en las sociedades de capital. Si la junta se hubiese celebrado antes, el plazo también vencería con antelación.

Octubre, liquidación del IVA

Los meses de agosto y septiembre podríamos decir que son más relajados fiscalmente. Además, muchos obligados tributarios aprovechan para irse de vacaciones y evitar notificaciones de la Agencia Tributaria.

  • Ya en octubre, hasta el día 20 tenemos otra vez trimestre, con los modelos 111 y 115, pero también los modelos 130, 131 y el modelo 202 de pagos fraccionados de sociedades. A ellos, tienes que sumar los modelos303 (si no estás en el SII) y 349 del IVA.

Diciembre, el final del calendario del contribuyente 2025

Si has realizado durante el ejercicio económico anterior operaciones con otras partes vinculadas o en los países que Hacienda considera como paraísos fiscales, tendrás hasta que acabe noviembre (si el ejercicio acaba en el año natural) para presentar el modelo informativo 232. Sin embargo, en 2025, el 30 de noviembre cae en domingo. Por eso, se produce un traslado hasta el lunes día 1 de diciembre.

Además, tienes hasta el 20 de diciembre para la presentación del modelo 202. Y hasta final de año (31 de diciembre) podrás presentar diversas opciones y renuncias a través de la declaración censal.

Como otros años, el calendario fiscal de 2025 concentra su principal actividad en el primer tercio del año y los meses en los que caen los trimestres. 

En todo caso, conviene no apurar plazos para no llevarnos sorpresas y evitar problemas de última hora. Además, es recomendable emplear soluciones informáticas que, como Sage for Accountants ayuden a hacer fluida la relación entre los asesores y sus clientes.

Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2025 por su relevancia.

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