Una camilla grande y una rueda pinchada demoraron 5 horas la entrada en Urgencias del hospital: el paciente murió
Política y Normativa soledadvalle Mié, 12/02/2025 - 15:27 Sentencia La negligencia no admitió mucha discusión. El Servicio Murciano de Salud reconoció la mala praxis en el traslado a Urgencias de un paciente. Eso sí, lo hizo cuando el proceso de reclamación en vía judicial ya había comenzado. Fueron dos horas, las que tardó en acudir la ambulancia al domicilio del paciente. Después, tuvieron que solventar la imposibilidad de meter la camilla por la puerta del domicilio del enfermo y el pinchazo de una rueda de la ambulancia. Todo lo cual elevó el retraso en la llegada del afectado al hospital en cinco horas. El paciente falleció. Reclamaron su muerte dos hijos, uno de ellos menor de edad. La indemnización concedida, que ha sido el motivo central del litigio, ha quedado fijada por la Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en 73.925 euros. Detrás de esta sentencia de la Sala Contenciosa-administrativa, con fecha de seis de febrero de 2025, hay una historia que pone de manifiesto que los hijos del fallecido difícilmente podrían haber sido más insistentes, ni poner más énfasis en la grave situación que atravesaba su padre, en sus llamadas a urgencias, reclamando una ambulancia.Los audios de la conversación con el 112 y la cronología de las llamadas dejan un testimonio que resultó determinante también para la Administración que, finalmente, reconoció la "demora inaceptable".Tiempo máximo de espera de una ambulanciaComo punto de partida, el abogado de la familia, Nacho Martínez, colaborador de la Asociación El Defensor del Paciente, explica que "no hay una regulación concreta sobre el tiempo máximo que una ambulancia debe tarda en llegar a una urgencia. Las autonomías establecen tiempos de demora aceptables que tienen que ver con cómo se cataloga la gravedad de la situación y la disponibilidad de medios".El afectado en este caso era un hombre de 52 años, residente en Mazarrón (Murcia), con múltiples patologías de base. En su resolución, la Administración apunta que el error estuvo en la tipificación de la llamada, a la que no se dio la prioridad que debía, minusvalorando la insuficiencia respiratoria que sufría. La justicia obliga a Osakidetza a pagar un tratamiento contra el cáncer no financiado, Llamada al 112: ¡Mi padre se está muriendo. No respira! Y la ambulancia tardó dos horas, Seis años de inhabilitación y dos de cárcel por tres visitas a la historia clínica de su colega Según los datos aportado al proceso, la primera llamada al 112 para solicitar una ambulancia urgente se produjo a las 12:31 del 21 de septiembre de 20 El TSJ de Murcia fija en 73.925 euros la indemnización a los hijos de un paciente que falleció tras esperar a que llegara una ambulancia a su domicilio. Off Soledad Valle Medicina Urgencias Política y Normativa Off


La negligencia no admitió mucha discusión. El Servicio Murciano de Salud reconoció la mala praxis en el traslado a Urgencias de un paciente. Eso sí, lo hizo cuando el proceso de reclamación en vía judicial ya había comenzado.
Fueron dos horas, las que tardó en acudir la ambulancia al domicilio del paciente. Después, tuvieron que solventar la imposibilidad de meter la camilla por la puerta del domicilio del enfermo y el pinchazo de una rueda de la ambulancia. Todo lo cual elevó el retraso en la llegada del afectado al hospital en cinco horas.
El paciente falleció. Reclamaron su muerte dos hijos, uno de ellos menor de edad. La indemnización concedida, que ha sido el motivo central del litigio, ha quedado fijada por la Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en 73.925 euros.
Detrás de esta sentencia de la Sala Contenciosa-administrativa, con fecha de seis de febrero de 2025, hay una historia que pone de manifiesto que los hijos del fallecido difícilmente podrían haber sido más insistentes, ni poner más énfasis en la grave situación que atravesaba su padre, en sus llamadas a urgencias, reclamando una ambulancia.
Los audios de la conversación con el 112 y la cronología de las llamadas dejan un testimonio que resultó determinante también para la Administración que, finalmente, reconoció la "demora inaceptable".
Tiempo máximo de espera de una ambulancia
Como punto de partida, el abogado de la familia, Nacho Martínez, colaborador de la Asociación El Defensor del Paciente, explica que "no hay una regulación concreta sobre el tiempo máximo que una ambulancia debe tarda en llegar a una urgencia. Las autonomías establecen tiempos de demora aceptables que tienen que ver con cómo se cataloga la gravedad de la situación y la disponibilidad de medios".
El afectado en este caso era un hombre de 52 años, residente en Mazarrón (Murcia), con múltiples patologías de base. En su resolución, la Administración apunta que el error estuvo en la tipificación de la llamada, a la que no se dio la prioridad que debía, minusvalorando la insuficiencia respiratoria que sufría.