Los alquileres que se revisen en marzo según el nuevo índice del Gobierno subirán siete décimas por debajo de la inflación
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado la tercera entrega del índice de referencia de arrendamientos de vivienda ( IRAV ), el indicador que se utiliza desde el arranque de este año para calcular las subidas de precio que por ley deben aplicarse a los alquileres. Si en sus dos primeras entregas, ambas publicadas en enero aunque relativas a noviembre y diciembre, el IRAV se situó dos y cinco décimas por debajo de la inflación respectivamente, ahora queda en el 2,19% , un dato siete décimas inferior a la inflación del mes pasado. Es decir, que ese será el tope al que podrán actualizarse los arrendamientos de vivienda que cumplan un año en marzo. Precisamente, el Gobierno incluyó este mecanismo en la nueva Ley de Vivienda -con mucha polémica- para evitar alzas repentinas en los precios de los alquileres en contextos de inflación. Claro está, hay un matiz, y es que solo están sujetos al límite fijado por el IRAV los contratos que se firmaron después de la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda , el 25 de mayo de 2023. Los demás se seguirán revisando en función del IPC. Esa es una de las razones de la oposición que ha generado el nuevo mecanismo, la desventaja comparativa a la que somete a los propietarios que hayan rubricado sus contratos en los tres últimos años.
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado la tercera entrega del índice de referencia de arrendamientos de vivienda ( IRAV ), el indicador que se utiliza desde el arranque de este año para calcular las subidas de precio que por ley deben aplicarse a los alquileres. Si en sus dos primeras entregas, ambas publicadas en enero aunque relativas a noviembre y diciembre, el IRAV se situó dos y cinco décimas por debajo de la inflación respectivamente, ahora queda en el 2,19% , un dato siete décimas inferior a la inflación del mes pasado. Es decir, que ese será el tope al que podrán actualizarse los arrendamientos de vivienda que cumplan un año en marzo. Precisamente, el Gobierno incluyó este mecanismo en la nueva Ley de Vivienda -con mucha polémica- para evitar alzas repentinas en los precios de los alquileres en contextos de inflación. Claro está, hay un matiz, y es que solo están sujetos al límite fijado por el IRAV los contratos que se firmaron después de la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda , el 25 de mayo de 2023. Los demás se seguirán revisando en función del IPC. Esa es una de las razones de la oposición que ha generado el nuevo mecanismo, la desventaja comparativa a la que somete a los propietarios que hayan rubricado sus contratos en los tres últimos años.
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