Las multas para las empresas que no cumplan con la reducción de jornada alcanzarán hast 10.000 €
Cuando se convierta en ley, el incumplimiento de la reducción de jornada y registro horario puede acarrear sanciones a la empresa por cada trabajador con el que se incumpla.

El Consejo de Ministros aprobó a principios de febrero la reducción de jornada laboral hasta las 37,5 horas, una decisión respaldada por el acuerdo entre Gobierno y sindicatos desde finales del pasado año y que pone fin a varias semanas de tensiones entre los ministerios de Trabajo y Economía.
Una vez aprobado por el Gobierno, el texto legal definitivo tomará forma tras recibir los informes preceptivos del Consejo de Estado y del CES, antes de que el Gobierno lo lleve al Congreso como proyecto de ley para su tramitación parlamentaria, lo que se prolongará previsiblemente durante algunas semanas.
La norma incluirá compensaciones proporcionales al salario para trabajadores a tiempo parcial y mejora las condiciones de registro de jornada, además de incorporar sanciones para las empresas que incumplan la nueva norma.
Sanciones de hasta 10.000 euros por incumplir el registro de jornada
Aunque queda ver la forma que tomará el texto final, el anteproyecto de ley publicado por la Moncloa establece un duro régimen sancionador para las empresas que no cumplan estrictamente con las obligaciones de registro horario y con la reducción de jornada a las 37,5 horas semanales cuando se apruebe la norma.
Con la entrada en vigor de la nueva ley, se multará a las empresas por cada trabajador con el que incumplan la norma, y no de forma global como se venía haciendo. Según el texto, los incumplimientos se considerarán infracciones y podrán ser graves si estos suponen un "riesgo grave para la seguridad y salud de las personas trabajadoras".
Así, las multas constarán de, en función de su gravedad:
- Infracciones leves: de 1.000 a 2.000 euros.
- Infracciones graves: de 2.001 a 5.000 euros.
- Infracciones muy graves: de 5.001 a 10.000 euros.