El TC avala expropiar viviendas vacías en Cataluña pero solo a grandes tenedores y en zonas tensionadas

Las publicaciones virales omiten los casos en que la Generalitat prevé la expropiación.

Feb 20, 2025 - 21:39
 0
El TC avala expropiar viviendas vacías en Cataluña pero solo a grandes tenedores y en zonas tensionadas
expropiar viviendas vacías Cataluña

Circulan por redes sociales varias publicaciones que afirman que el Tribunal Constitucional (TC) ha avalado en una sentencia expropiar “cualquier” casa vacía de Cataluña si esta ha permanecido deshabitada durante más de dos años. Sin embargo, es engañoso. El fallo declara constitucional el artículo de la ley catalana de vivienda que establece la expropiación de viviendas vacías, pero la normativa solo lo permite en algunos supuestos y no afecta a particulares. 

Mensajes virales. “Bombazo. El Tribunal Constitucional acaba de permitir que te expropien la vivienda si no la usas. La sentencia de 29 de enero de 2025 del Constitucional avala la normativa catalana que decía que si no usas la vivienda durante dos años te la pueden expropiar. Ojo con el derecho a la propiedad”, dice un vídeo en TikTok.

  • Otras publicaciones en Facebook comparten un artículo de un sitio web que asegura que “si pueden expropiar viviendas por estar vacías, se podrá expropiar cualquier propiedad”.

La sentencia del Tribunal. Los mensajes aluden a una sentencia dictada por el Tribunal Constitucional el 29 de enero que estima parcialmente un recurso de inconstitucionalidad de Vox contra varios artículos y la disposición transitoria de la ley del Parlamento de Cataluña de “modificación de las leyes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda”.

El Tribunal Constitucional dio la razón en algunos aspectos a Vox y declaró inconstitucional un inciso del artículo 15.4 de la ley catalana de vivienda de 2022 que contemplaba la reducción en un 50% del valor de una vivienda expropiada.

  • El TC afirma en su sentencia que eso no es competencia de una ley catalana sino del Estado, que es el encargado de “establecer los criterios que determinan el justiprecio para asegurar que los bienes y derechos expropiados sean evaluados de la misma manera en todo el territorio nacional”.

Al margen de este punto, el TC sí avala la expropiación de viviendas vacías al considerar que se trata de una medida orientada a combatir el problema de la exclusión residencial. 

  • “(…) los preceptos recurridos persiguen una finalidad constitucionalmente legítima, conectada directamente con el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada recogido en el artículo 47 de la Constitución”, reza la sentencia. Además, desestima que se vulnere el derecho a la propiedad privada.

¿En qué casos específicos se puede dar una expropiación?

La portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) Ileana Izverniceanu explica a Newtral.es que en “estos momentos la expropiación afectaría a personas jurídicas y grandes tenedores”. A la vez, recuerda que dicho órgano se ha pronunciado sobre otras leyes autonómicas o forales que contemplaban medidas ante viviendas en desocupación permanente.

  • En 2018, el Constitucional avaló que Navarra pudiera expropiar viviendas vacías que estuvieran desocupadas por dos años, siempre que sean propiedad de una empresa o persona jurídica y nunca en el caso de un particular.

Qué dice la ley catalana de 2022. El artículo 15.1 de esta ley contempla la expropiación forzosa por causa de interés social, aunque es necesaria la concurrencia de varios requisitos. Por ejemplo, según establece el artículo 15.2, que la vivienda se encuentre en una zona tensionada, pertenezca a grandes tenedores y esté inscrita en el registro de viviendas vacías de Cataluña.

  • En Cataluña se considera una vivienda vacía al inmueble desocupado permanentemente, sin causa justificada, durante más de dos años. 
  • Un gran tenedor es la persona física o jurídica propietaria de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial.
  • Según la ley de vivienda catalana, si la expropiación forzosa es solo del uso de la vivienda, la duración debe ser por un período de siete años como máximo.

Las publicaciones en las redes sociales omiten que las administraciones pueden declarar el incumplimiento de la función social de las viviendas en caso de que los propietarios incumplan el requerimiento para adoptar las medidas necesarias para que la casa quede habitada en el plazo establecido.

  • Izverniceanu destaca que antes de llegar a la expropiación se debe seguir un procedimiento, por lo que “nunca es directa y sin audiencia del afectado”. Además, existen causas justificadas para mantener una vivienda vacía que pueden ser alegadas por el propietario. 
  • La desinformación sobre la sentencia del Tribunal Constitucional que permite expropiar pisos vacíos a particulares también fue desmentida por el verificador catalán Verificat