Condenan a un marroquí a 8 años de cárcel por violar a una menor de 15 años mientras dormía con su novio
La Audiencia de Sevilla ha condenado a ocho años de prisión a un hombre por violar a una chica de 15 años, novia del hijo de su propia pareja. La agresión sexual se produjo en el domicilio familiar, mientras la menor dormía con su novio. El agresor es un marroquí en situación irregular en España … Continuar leyendo "Condenan a un marroquí a 8 años de cárcel por violar a una menor de 15 años mientras dormía con su novio"

La Audiencia de Sevilla ha condenado a ocho años de prisión a un hombre por violar a una chica de 15 años, novia del hijo de su propia pareja. La agresión sexual se produjo en el domicilio familiar, mientras la menor dormía con su novio. El agresor es un marroquí en situación irregular en España que se encuentra en prisión preventiva desde su detención en noviembre de 2023.
La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia, consultada por OKDIARIO Andalucía, declara probado que el 27 de octubre de 2023 la menor pasó la noche en casa de su novio, cosa que hacía con cierta frecuencia. Los dos jóvenes se acostaron en el sofá del salón y se quedaron dormidos. En ese momento estaban solos en la vivienda, ya que la madre del chico había salido con el acusado, con quien mantenía una «relación sentimental no estable».
La pareja regresó al domicilio de madrugada. Fueron a su dormitorio y se acostaron. Sobre las 5:00 horas, cuando la mujer se quedó dormida, el acusado se levantó de la cama, fue al salón y aprovechó la «completa oscuridad» de la estancia para besar a la menor, que se despertó, pero «pensó que era su novio y le devolvió los besos». Creía que seguían solos en casa. El acusado aprovechó la circunstancia para «tocarle y chuparle los pechos».
«Extrañada de esta actitud», la menor se volvió y vio que su novio estaba dormido a su lado, aunque no pudo reconocer al agresor ya que el salón estaba a oscuras. El procesado «aprovechó el desconcierto» para introducir una mano bajo la ropa interior de la menor y meterle los dedos en la vagina. Ante la reacción de rechazo de la víctima, que había estado intentado despertar a su novio, el acusado se marchó y volvió al dormitorio «de modo furtivo».
Cuando se despertó el novio de la chica, ella le explicó lo sucedido y se puso a llamar a gritos a su madre, preguntando si había alguien más en la casa. El acusado y la mujer salieron del dormitorio. Como no había nadie más en el domicilio y el hombre no pudo dar explicación alguna a lo ocurrido, la madre lo golpeó y lo echó de su casa, «rompiendo desde entonces toda relación con él».
La menor, «muy avergonzada y temerosa», rogó a su novio y a la madre de éste que no contaran nada a su familia por temor a que no le dejaran volver a casa de su novio.
Semanas después, el 22 de noviembre, la víctima y su chico se encontraron con el acusado en un parque, lo que provocó que la menor reviviera los hechos y se pusiera a llorar, «muy nerviosa». Una amiga le preguntó que qué le pasaba y ella le relató el episodio de la agresión sexual, así que la amiga llamó a la madre de la menor y ésta presentó una denuncia ese mismo día.
La sentencia de la Audiencia destaca que el acusado actuó con «traición y sorpresa, atacando a una adolescente dormida, aprovechando su estupor y confusión y, luego, ya despierta, su temor». La víctima presenta sintomatología ansioso-depresiva desde entonces y la médico forense dijo en el juicio que es necesaria una terapia de recuperación psicológica.
Las excusas del acusado
El acusado sostuvo en el juicio que el día de la agresión sexual no estaba en la vivienda de los hechos sino en otro piso donde vivían varios marroquíes, ya que tenía otra relación sentimental simultánea. La Audiencia señala que «las evidencias en contra del acusado son de tal calibre que es imposible acoger su desmañada versión apoyada por la más torpe aún del testigo que le es favorable», en alusión a un amigo del acusado que dijo que esa madrugada estuvieron ambos bebiendo cervezas, versión que contradijo lo que declaró en fase de instrucción. Ya en el juicio, el testigo habló de un día 28, pero fue incapaz de identificar el mes, lo que a juicio de la Audiencia implica una «memoria pasmosa». El juez pide «no pasar por alto» que el testigo faltó a la verdad e insta a instruir procedimiento contra él por falso testimonio a favor del reo.
Sobre el relato de los hechos de la víctima, el tribunal remarca que es «racional y creíble», y su declaración, «persistente». «Haría falta ser una consumada actriz para afectar las reacciones que han acompañado a su declaración en juicio. Si en algo es útil la inmediación es en ocasiones como ésta», subraya el fallo.
El acusado, Gustavo, de 33 años a fecha de los hechos y nacido en Sraghna (Marruecos), no tenía antecedentes penales. Dado el caso, a lo que se suma «la brevedad e índole del ataque perpetrado», la Audiencia le condena a ocho años de cárcel por agresión sexual a menor de 16 años, pena mínima para este delito. También le impone una orden de alejamiento sobre la víctima por idéntico periodo de tiempo y una indemnización de 9.000 euros, así como 15 años de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión, oficio o actividad que conlleven contacto regular y directo con menores.
El fallo dicta que no podrá acceder al tercer grado penitenciario hasta el cumplimiento de la mitad de la condena. Además, durante su estancia en prisión deberá someterse a los programas formativos de educación sexual que la administración penitenciaria considere precisos. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.