Chau VTV: uno por uno, todos los vehículos que ya no deben hacer el trámite para circular

El gobierno de Javier Milei estableció nuevos plazos para realizar este importante trámite vehicular. ¿Cuáles son?

Mar 7, 2025 - 04:28
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Chau VTV: uno por uno, todos los vehículos que ya no deben hacer el trámite para circular

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un trámite obligatorio que garantiza el funcionamiento apto de un auto o moto para circular en las calles y rutas del país.

Sin embargo, a partir de una nueva resolución del Gobierno, para algunos vehículos ya no será necesario realizar la verificación técnica.

La nueva normativa estableces que los vehículos nuevos deberán realizar la primera inspección recién a los 5 años luego de su patentamiento. Sin embargo, otros deberán continuar con la vieja normativa y realizar la VTV todos los años para evitar problemas.

Chau VTV: todos los vehículos que ya no deben hacer el trámite para circular

El Gobierno oficializó el cambio de plazos para realizar la Verificación Técnica Vehicular (VTV).

"En los 0 KM se va a exigir recién a partir del año 5 desde la fecha de patentamiento, y a los dos años si no es vehículo particular. En los vehículos que tengan una antigüedad mayor a los 10 años, en tanto, la renovación se va a solicitar cada dos años en particulares", indicó el vocero presidencial Manuel Adorni.

Chau VTV: uno por uno, todos los vehículos que ya no deben hacer el trámite para circular

¿Qué autos no deben hacer la VTV?

  • Autos particulares 0 km: la VTV se deberá realizar por primera vez a partir de los cinco años desde la fecha de patentamiento.
  • Autos de más de 10 años de antigüedad: la VTV se deberá realizar cada dos años en vehículos particulares.

¿Cuándo vence la VTV?

El vencimiento de este trámite se organiza según el último número de la patente de cada auto. Por lo tanto, las fechas de este año son:

  • Patentes terminadas en 0: vencen el 31 de octubre.
  • Patentes terminadas en 1: vencen el 30 de noviembre.
  • Patentes terminadas en 2: vencen el 28 de febrero.
  • Patentes terminadas en 3: vencen el 31 de marzo.
  • Patentes terminadas en 4: vencen el 30 de abril.
  • Patentes terminadas en 5: vencen el 31 de mayo.
  • Patentes terminadas en 6: vencen el 30 de junio.
  • Patentes terminadas en 7: vencen el 31 de julio.
  • Patentes terminadas en 8: vencen el 31 de agosto.
  • Patentes terminadas en 9: vencen el 30 de septiembre.